Ordenanzas - Eximicion de pago de tasas Jockey Club


ORDENANZA Nº 11095/2007.-

EXPTE.Nº 2996/2007-H.C.D.

 

VISTO:

          El Expediente Nº 2996/2007, y

CONSIDERANDO:

                               Que el Jockey Club Gualeguaychú se encuentra en proceso de reorganización y ordenamiento, en razón de la compleja situación económica y patrimonial.

                               Que en el transcurso del corriente año, la nueva Comisión Directiva ha demostrado la intención de recuperación institucional, lo que se evidencia en distintas acciones documentadas y que son de público conocimiento.

                               Que es interés de este Honorable Concejo Deliberante, apuntalar a aquellas instituciones sin fines de lucro y que conforman la historia cultural de la comunidad.

                               Que la actividad hípica está caracterizada como actividad social, atendiendo las necesidades de un basto sector de bajos recursos, de mano de obra calificada.

                               Que en virtud de lo expuesto, se considera pertinente y necesario atender la solicitud por considerarse enmarcado en el Código Tributario, Parte Especial, Título XII, Art.131º Inc. “e” y “h” respectivamente.

                               Que considerando el principio de igualdad ante la ley, y que otras instituciones han gozado del beneficio de la exención solicitada en el expediente de marras.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- EXÍMASE al Jockey Club Gualeguaychú de lo adeudado en concepto de tasas correspondientes a los legajos: 27565; 10817; 27428; 27424 y 27563, sitos en Manzana 651 “C”, domicilio parcelario de calles Constitución -  Samacoy – Asisclo Méndez, cuyos importes se calcularán a la fecha de promulgación de la presente, y mientras subsistan las actividades  en las que se encuadra de acuerdo al  Código Tributario Municipal, Parte Especial, Título XXII. (Exenciones) –Art. 135 – Inc. “e”.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 30 de noviembre de 2007.

Pablo Baffico, Vicepresidente 1º - Gerardo Sánchez, Secretario.

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