ORDENANZA Nº 11.117/2008.-
EXPTE.Nº 3085/2008 – H.C.D.-
VISTO: La Ordenanza Nº 11094/2007; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 11094/2007 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos para el año 2008.
Que se torna imprescindible para la instrumentación y ejecución del presupuesto del ejercicio 2008, en función del nuevo organigrama, una readecuación de las partidas e importes originales.
Que esta readecuación, en función del nuevo Organigrama, no implica ninguna modificación en los importes totales fijados originalmente.
Que este Municipio ha recibido en el año 2007 un Aporte del Tesoro Nacional (ATN) por la suma de pesos Quinientos mil ($ 500.000,00) y recibirá en el 2008 otro Aporte del Tesoro Nacional (ATN) por la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00), ambos otorgados por el Ministerio del Interior de la Nación, y que hace necesario una ampliación por los importes mencionados.
Que es decisión del Poder Ejecutivo afectar esos ATN para gastos e inversiones para mejorar la prestación del Servicio de Provisión de Agua Potable.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos para el ejercicio 2008 aprobado por Ordenanza Nº 11094/07, incrementando los recursos en el rubro A.T.N. para desequilibrio fiscal, en la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00).
ART.2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2008 incrementándose la partida Bienes de Consumo, de la PLANTA POTABILIZADORA Y OTRAS INVERSIONES EN OBRAS SANITARIAS, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) y la partida Servicios no Personales, de la PLANTA POTABILIZADORA Y OTRAS INVERSIONES EN OBRAS SANITARIAS, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00); la partida Bienes de Consumo de la Dirección de Obras Sanitarias en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00); la partida Servicios no Personales de la Dirección de Obras Sanitarias en la suma PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00) y la partida Bienes de Uso de la Dirección de Obras Sanitarias en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00). Facultándose al Poder Ejecutivo a la reasignación de estos importes entre las distintas partidas, siempre que se respete la afectación y destino, establecido en los considerandos, para mejorar el Servicio de Provisión de Agua Potable.-
ART.3º.- MODIFÍQUESE el Art.1º de la Ordenanza Nº 11094/07 que quedará redactado de la siguiente manera:
ORDENANZA Nº 11.117/2008.-
Art.1º .- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2008, en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE ( $ 66.491.267,00).
ART.4º.- MODIFÍQUESE el Art.3º de la Ordenanza Nº 11094/07 que quedará redactado de la siguiente manera:
Art.3º.- FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 5.368.255,00).
ART.5º.- MODIFÍQUESE el Art.4º de la Ordenanza Nº 11094/07 que quedará redactado de la siguiente manera:
Art.4º.- FIJASE para la Partida Servicios no Personales, la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS ($ 17.422.900,00).
ART.6º.- MODIFÍQUESE el Art.7º de la Ordenanza Nº 11094/07 que quedará redactado de la siguiente manera:
Art.7º.- FIJASE la Partida de Bienes de Uso en la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL ($ 1.547.000,00).
ART.7º.- MODIFÍQUESE la asignación de las partidas de Recursos y Gastos del presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 11094/07, teniendo en cuenta lo señalado en los artículos precedentes, que quedaran integradas y determinadas según lo establecido en las planillas anexas.
ART. 8º.- Por Secretaría de Hacienda, dispóngase las medidas necesarias
ART.9º.- COMUNÍQUESE, etc.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 25 de Febrero de 2008.
Liliana Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.-