ORDENANZA Nº11008/2007.-
EXPTE.Nº 2854/2007-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1404/99 Caratulado: “ Arocena Jorge Arístides Ricardo y Otra s/ficha para transferencia y copias del plano de mensura – Apertura de calle Angel Elías”,
CONSIDERANDO:
Que los Señores Jorge Arístides Ricardo Arocena, L.E Nº 5.852.481 y Noemí Griselda Catalina Arocena, L.C Nº 3.339.344 en su carácter de propietarios, comparecieron ante esta Municipalidad de Gualeguaychú (fs.1) a efectos de hacer efectiva la donación de terreno para la apertura de la calle Angel Elías entre las de Rodó y Guido Spano, acompañando el pertinente plano y ficha de transferencia del inmueble sito en Departamento Gualeguaychú, Ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 4ta., Manzana 14 “b”, lote calle, Plano Nº 63.919, Partida Provincial 100.165-140.065, con una superficie de novecientos cincuenta y un metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados (951,85 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE: Línea recta (1-2) al S 85º 32´E de 13,10 metros lindando con calle Rodó (mejorada). ESTE: Línea recta 2-3 al S 01º 41´E de 72,85 metros, lindando con Arocena Jorge A. R. y Otra. SUR: Línea recta 3-4 al N 87º 48´O de 13,05 metros, lindando con calle Guido Spano (mejorada) y OESTE: Línea recta 4-1 al N 01º 41´O de 73,35 metros lindando con Arocena Jorge A. R y Otra, inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre de Jorge Arístides Ricardo Arocena Tellechea (50%) y Noemí Griselda Arocena Tellechea (50%) bajo Matrícula125.515 (judicial en fecha 1/11/94) y 127.242 (Esc. Fusse en 31/12/96).
Que corresponde proceder a la inscripción del inmueble donado a favor de la Municipalidad conforme disposiciones del artículo 1810 del Código Civil.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº11008/2007.-
ORDENANZA
ART.1º.-ACEPTAR la donación efectuada por los Señores Jorge Arístides Ricardo Arocena, L.E. Nº 5.852.481 y la Señora Noemí Griselda Catalina Arocena, del inmueble sito en Departamento Gualeguaychú, Ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 4ta, Manzana 14 “b”, lote calle,Plano Nº 63.919, partida provincial 100.165-140.065, con una superficie de novecientos cincuenta y un metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados (951,85 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE: línea recta (1-2) al S 85º 32´E de 13,10 metros lindando con calle Rodó (mejorada). ESTE: Línea recta 2-3 al S 01º 41´ de 72,85 metros lindando con Arocena Jorge A.R. y otra.. SUR: Línea recta 3-4 al N 87º 48´O de 13,05 metros, lindando con calle Guido Spano (mejorada) y OESTE: línea recta 4-1 al N 01º 41´O de 73,35 metros, lindando con Arocena Jorge A.R. y Otra, inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre de Jorge Arístides Ricardo Arocena Tellechea (50%) y Noemí Griselda Arocena Tellechea (50%) bajo matrícula 125.515 (judicial en fecha 1/11/94) y 127.242 (Esc. Fusse en 31/12/96) para ser afectado a la apertura de la calle Angel Elías entre las de Rodó y Guido Spano.
ART.2º.- ORDENAR la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art.1810 del Código Civil.
ART.3º.- COMUNÍQUESE, etc...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 28 de junio de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.