ORDENANZA Nº 10713/2004.-
EXPTE.Nº 1870/2004-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 3007/01 remitido por el D.E Caratulado:
“ Rivas, Andrés N. s/trama vial prevista para la propiedad de Fernández Orlando”.
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, el Departamento Ejecutivo Municipal, eleva a consideración de este Honorable Concejo Deliberante convenio de autorización para apertura de calle.
Que el Sr. Pedro Antonio Ferrari, reviste carácter de curador de la Srta. Mirta Graciela Fernández (única y universal heredera del Sr. Orlando Alberto N. Fernández).
Que el Sr. Pedro Antonio Ferrari concede autorización al Municipio para que proceda a la apertura de una calle pública prevista en el Plan Rector de la Red Vial General (Ordenanza Nº 10598/02).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGASE el Convenio de autorización de apertura de calles, celebrado entre el Sr. Pedro Antonio Ferrari, M.I. Nº 5.817.087 en su carácter de curador de la Sra. Mirta Graciela Fernández,única y universal heredera del Sr. Orlando Alberto Nimi Fernández, y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, celebrado en fecha 25 de junio de 2004
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de agosto de 2004.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.