ORDENANZA NRO. 10075/95.-
EXPTE.NRO.9638/95-H.C.D.
VISTO:
La necesidad de acudir en ayuda de sectores o entidades de nuestra ciudad, que observan dificultades en el cumplimiento de obligaciones tributarias para con el Municipio, y
CONSIDERANDO:
Que una de las premisas fundamentales, es lograr el saneamiento sanitario a partir de la extensión del Servicio de Agua y Cloacas con el estricto cumplimiento de conexiones domiciliarias.
Que en éste marco, es necesario acudir en ayuda del Centro de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, a los fines de posibilitar su cumplimiento con las exigencias tributarias obligatorias, en concepto de contribución de mejoras.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.-OTORGASE un subsidio no reintegrable de PESOS SEICIENTOS CATORCE ($ 614.-) al Centro Nuestra Señora del Perpétuo Socorro con domicilio en calles 1ro. de Mayo y Jujuy de nuestra Ciudad.
ART.2.-IMPUTESE la presente erogación a la Partida
correspondiente del Presupuesto vigente.
ART.3.COMUNIQUESE, ETC.....
SALA DE SESIONES, GUALEGUAYCHU, 9 DE MARZO DE 1995.
RODOLFO GUASTAVINO, PRESIDENTE - SERGIO DELCANTO, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.