Ordenanzas - Cambio de sentido de calles


ORDENANZA NRO. 10320/98

EXPTE.NRO. 11000/98-H.C.D

 

 

VISTO:

El Expediente Nro. 3757/97. caratulado:” Secretaría de Gobierno s/ cambio de sentido de circulación de varias calles”

 

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia del continuo crecimiento de nuestra ciudad, se ha incrementado notablemente su parque automotor, estimándose en más de 20.000 la cantidad de vehículos existentes, entre automóviles, motocicletas, ómnibus, etc...

Que conforme lo indican estadísticas del I.S.E.V, a causa de accidentes de tránsito mueren diariamente más de 22 personas en nuestro país, resultando que más de un 90% de estos infortunios obedecen a causas humanas, es decir a yerros atribuibles al conductor, correspondiendo el 10% restante resto de las causas, entre las que se encuentran la deficiente infraestructura vial como una de ellas.

Que esta luctuosa estadística se ha visto reflejada recientemente en nuestra ciudad, resultando menester adoptar urgentes medidas que disminuyan los riesgos en la conducción.

Que la influencia de una insuficiente estructura viaria se hace sentir, indirectamente, en el aumento en los índices de yerros humanos en la conducción, al condicionar y potenciar los descuidos y distracciones de los automovilistas.

Que este Municipio, merced al concurso de las direcciones de Planeamiento Urbano y Tránsito viene elaborando un diagnóstico regional y urbano en base al cual se ha proyectado el denominado “Plan Viario - Gualeguaychú 2000”, que en resumen se compone de una serie de acciones y procedimientos enderezados a consolidar, armonizar y modernizar nuestro sistema vial.

Que dentro de este marco de análisis, una de las variantes en estudio, para intentar introducir mejoras inmediatas, es el cambio del sentido de circulación de varias calles, atendiendo que el crecimiento urbano de la ciudad se ha dado hacia el Oeste, y se carece de una arteria eje hacia el Este que permita unir rápida y eficazmente ambos extremos de la ciudad.

Esto resulta harto importante si se considera que por el Oeste se ingresa a Gualeguaychú y en los límites del Este se encuentra el río, uno de los

 

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atractivos turísticos más importantes de nuestra ciudad. Por otra parte, el mencionado rumbo es necesariamente usado por la mayoría de las líneas de transporte urbano de pasajeros.

Para llenar este vacío, ya desde el primer examen se presenta calle San Martín como más apta, dado que se extiende desde calle Nágera y finaliza en Avda. Morrogh Bernard, sólo que su sentido debería ser opuesto al actual.

Esta variante descongestionaría en buena parte el hasta ahora inevitable “cuello de botella” que se produce en calle Urquiza desde Bulevar De María hasta Bulevar Daneri ya que funcionaría como arteria alternativa. Esto requiere, sin dudas, su caracterización como calle de circulación pura.

Además de lo expuesto, el cambio de “mano” de calle San Martín coadyuvaría notablemente en la solución de otra problemática vial existente con relación a nuestra calle principal.

Hoy Gualeguaychú pretende que 25 de Mayo cumpla funciones como calle de paseo en virtud de ser el eje comercial de la ciudad, pero también se espera fluidez en su recorrido ya que en la práctica se la usa para llegar a la Costanera, lo que de por sí ya resulta contradictorio. Por otro lado, gran parte del tránsito proveniente de Urquiza al Oeste, indefectiblemente desemboca en aquella, provocándose de esta forma un grave congestionamiento, irresoluble si no se adoptan medidas que aporten cambios substanciales en el esquema de circulación actual.

En anteriores gestiones de gobierno se intentó caracterizar 25 de Mayo con distintos elementos arquitectónicos con el objeto de proveer al mejor ordenamiento, no obstante dichos ornamentos no perduraron al no haberse obtenido los resultados esperados. Con el propugnado cambio de sentido de calle San Martín queda expedito el camino para explorar la conveniencia, oportunidad y aceptación de convertir nuestra principal arteria en peatonal o semipeatonal, tal como Planeamiento Urbano viene estudiando.

Que otra de las situaciones conflictivas en lo que hace a la circulación vehícular y que al invertir el sentido de orientación de calle San Martín se solucionaría, puede observarse en la intersección de Avda. Morrogh Bernard y Bolívar.

 

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En este punto, se suman tres frentes de circulación: el de la mencionada Avda., el de la calle San Lorenzo y el de la calle Bolívar, todos desembocando en solo uno, calle San Lorenzo desde Bolívar hacia el Sur; lo que genera otro nudo en el tráfico que no admite demoras en su resolución.

Sin dudas, la solución a este problema es invertir el sentido actual de circulación de la arteria en cuestión para que no contribuya a agravar el conflicto con un frente más de tránsito, sino que por el contrario drene vehículos del lugar. De esta forma, dos arterias inyectarían vehículos en este punto: San Lorenzo desde el Norte y Morrogh Bernard desde el Este, y dos contribuirían a su evacuación: San Lorenzo hacia el Sur y Bolívar hacia el Oeste.

Surge inmediatamente la asociación de esta calle con San Martín ya que Bolívar resultaría ser el necesario par vial, es decir, cumpliría la función de San Martín pero con sentido opuesto.

El perfil de Bolívar para cumplir este destino puede considerarse bueno, ya que aunque no tiene la extensión de San Martín, une el Río con la Avda. Parque siendo esta el inminente “anillo vial” del casco urbano de nuestra ciudad.

Que, otro conflicto sin resolver y al cual se daría solución con la medida que se propugna, es el giro a la izquierda en Avda. Del Valle.

Sabido es que el giro a la izquierda en las arterias de doble mano es una infracción muy común a nuestras normas vigentes, que vulnera el primer principio que el sentido común exige a la locomoción y que indica que en las vías de circulación, no debe existir ningún obstáculo que impida el libre movimiento de los vehículos.

Las arterias de doble sentido de circulación, necesitan de una vía paralela auxiliar de idéntico sentido a fin de posibilitar, en reemplazo del giro a la izquierda, el giro a la derecha en la calle perpendicular inmediata anterior, luego circundar la manzana y atravesar la avenida dejando así a resguardo, no solo el cumplimiento de las normas vigentes, sino fundamentalmente la seguridad para los ocasionales automovilistas o peatones.

La Avda. Del Valle, arteria que adquiere cada día mayor importancia ya que es inmediata continuación del Acceso Sur, no escapa a la regla general y necesita de las calles auxiliares tal como lo son Ayacucho - Neyra y Santa Fé - Rucci para la Avda. Rocamora - 1ra. Junta.

 

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En el caso de la mano Oeste - Este de Del Valle, existe Concordia con sentido de circulación idéntico y por lo tanto el adecuado, empero, respecto a la mano Este - Oeste de la Avda; debería funcionar como auxiliar 3 de Caballería, solo que tiene actualmente el sentido contrario.

Que, por los fundamentos vertidos se considera conveniente y oportuno el cambio de sentido de circulación de calles San Martín, Bolívar y 3 de Caballería, resultando imprescindible a fin de mantener la alternancia de orientación respecto de las arterias afectadas invertir también el sentido de calle Andrade, Gervasio Méndez y Doello Jurado.

Que, las correspondientes áreas técnicas de esta Municipalidad y el propio Consejo Consultivo de Planeamiento han dictaminado favorablemente respecto de la adopción de esta medida, sumándose a ello el alto índice de aceptación manifiesto por los vecinos domiciliados en las calles involucradas, los que fueron consultados mediante encuesta realizada en los primeros días de Diciembre de 1997, la que indicó que entre 515 personas interrogadas la opinión afirmativa respecto de estos cambios fue del 76%, solo el 23% opinó que no estaba de acuerdo y el 1% restante prefirió no opinar.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1.-INVIERTASE el sentido de circulación de las siguientes calles: SAN MARTÍN, desde Bulevar Morrogh Bernard hasta calle Nágera; BOLIVAR, desde Bulevar Morrogh Bernard hasta Hortensio Quijano; ANDRADE desde Bulevar Morrogh Bernard hasta Nágera; GERVASIO MÉNDEZ desde Bulevar Morrogh Bernard hasta Boulevard Martínez; DOELLO JURADO desde Bulevar Morrogh Bernard hasta Virreinato del Río de la Plata; 3 DE CABALLERÍA desde Bulevar Morrogh Bernard, hasta Sarmiento; con sus posibles posteriores extensiones, las que correrán a partir de la promulgación de la presente de Oeste a Este.

 

 

 

ORDENANZA NRO. 10320/98.-

 

 

ART.2.- POR Direcciones de Tránsito y Prensa y Ceremonial, efectúese amplia campaña de difusión por un lapso no menor a 30 días previos a la implementación de la medida ordenada en el artículo precedente. La campaña en cuestión deberá llevarse a cabo a través de los distintos medios locales de comunicación, como asimismo, deberá el Departamento Ejecutivo Municipal, invitar a las distintas Organizaciones e Instituciones Intermedias de nuestra ciudad, con el objeto que estas últimas lleven a cabo una amplia participación en la misma.

ART.3.-COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 15 DE MAYO DE 1998.

JOSÉ INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTÍNEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 562/98.-

ART.1º.- DISPONER que el cambio en el sentido de circulación de calles San Mar-tín, Bolívar, Andrade, Gervasio Méndez, Doello Jurado y 3 de Caballería, dispuesto por Ordenanza Nº 10320/98 del Honorable Concejo Deliberante se produzca a partir del día 1º de Julio de 1998 a las 00:00 horas.

ART.2º.- DISPONER que a partir de las 00:00 horas del día 1º de Julio de 1998 los recorridos de las líneas urbanas de colectivos se ajusten a las variaciones indicadas en el anexo “A” del presente.

ART.3º.- DISPONER que el ingreso y egreso de ómnibus de media y larga distancia hacia y desde la terminal de ómnibus se ajuste al recorrido indicado en el anexo “B” del presente.

ART.4º.- DISPONER las restricciones al estacionamiento vehícular que se indican en el anexo “C” del presente.

ART.5º.- DISPONER que las calles de tierra conservan su doble mano de circula-ción, salvo señalización indicativa expresa, y que las prolongaciones de las calles San Martín, Bolívar, Andrade, Gervasio Méndez, Doello Jurado y 3 de Caballería al oeste del Boulevard Pedro Jurado conservarán su actual doble mano de transitabilidad.

ANEXO A

Modificaciones a los recorridos de líneas urbanas de pasajeros a partir del 1º de julio de 1998 con motivo del cambio de sentido de circulación de calles San Martín, Bo-lívar, Andrade, Gervasio Méndez, Doello Jurado, 3 de Caballería.

LINEA Nº 1

RECORRIDO ACTUAL RECORRIDO NUEVO

Avda. Morrogh Bernarhd CABECERA SUR Avda. Morrogh Bernarhd

Andrade, L.N.Palma Bolívar, L.N.Palma

Pasteur, 25 de Mayo, Rucci CABECERA NORTE Pasteur, San Martín,Mitre

Bolívar, Mitre.

LINEA Nº2

Avda. Rocamora, Bolívar, CABECERA SUR Avda. Rocamora, San Martín,

Mitre Mitre.

3 de Febrero, San Martín, CABECERA PUEBLO 3 de Febrero, Bolívar, Avda.

Avda. Rocamora BELGRANO Rocamora.

LINEA Nº 3

RAMAL 1

RECORRIDO ACTUAL RECORRIDO NUEVO

Avda. Rocamora, Bolívar, CABECERA 1 Avda. Rocamora, San Martín

Chalup. Chalup.

Pellegrini, San Martín, CABECERA 2 Pellegrini, Bolívar, Rocamora

Rocamora.

RAMAL 2

Avda. Rocamora, Bolívar, CABECERA 1 Avda. Rocamora, Andrade,

Ayacucho, San Martín, Ayacucho, Bolívar, Paraná.

Paraná.

Pasteur, 25 de Mayo, Rucci, CABECERA 2 Pasteur, San Martín, Avda.

Bolívar, Avda. Rocamora. Rocamora.

LINEA Nº 4

RAMAL Bº CUCHILLA

Urquiza, Pasteur, 25 de Mayo, CABECERA Bº348 Urquiza, Pasteur, San Aguado. Martín, Aguado.

Pellegrini, San Martín, Paraná CABECERA NORTE Pellegrini, Bolívar, Paraná.

RAMAL CEMENTERIO

Urquiza, Pasteur, 25 de Mayo CABECERA Bº348 Urquiza, Pasteur, San Martín Bolívar, Avda. Rocamora, Avda. Rocamora, 3 de Caballería,

D. Jurado, Rucci, Avda. Del Rucci, Avda. Del Valle.

Valle.

Pellegrini, San Martín, Paraná CABECERA NORTE Pellegrini, Bolívar, Paraná

LINEA Nº5

3 de Febrero, San Martín, CABECERA PLAZA 3 de Febrero,Bolívar,

Paraná. SAN MARTIN Paraná.

Urquiza, Pasteur, 25 de Mayo CABECERA P.I.G. Urquiza, Pasteur, San Martín

Rucci, Bolívar, Mitre Mitre.

RECORRIDO ESPECIAL (Salidas 05:10 y 06:10hs.)

3 de Febrero, San Martín, Paraná 3 de Febrero, Bolívar, Paraná.

ANEXO B

Los siguientes recorridos serán las rutas de ingreso y egreso de los colectivos de larga y media a la Terminal de ómnibus local según provengan del Sur, (Ruta Nacional Nº 14 y/o Ruta Provincial Nº 16) o del Norte (Ruta Provincial Nº 20 y/o Ruta In-ternacional Nº 136) a partir del día 1º de Julio de 1998.

CON LLEGADA O DESTINO ACCESO SUR:

Egreso: Terminal, Bolívar, Pellegrini, Eva Perón, Avda. Parque, España, Maestra Piccini, Aguado, Avda. Parque, Avda. Artigas, y Acceso Sur.

Ingreso: Acceso Sur, Avda. Artigas, Avda. Parque, Aguado, Estrada, España, Avda. Parque, Eva Perón, Del Valle, Mitre, Bolívar, Terminal.

CON LLEGADA O DESTINO ACCESO RUTA PROVINCIAL Nº 20:

Egreso: Terminal, Chalup, San Martín, Borques, 1º de Mayo, Bvard. Montana, Primera Junta, Ruta Provincial Nº 20.

Ingreso: Ruta Provincial Nº 20, Primera Junta, Bvard. Montana, 1º de Mayo, Ituzaingo, República Oriental, Camila Nievas, Bolívar, Terminal.

ANEXO C

Dispónense las siguientes restricciones en el estacionamiento vehícular, a partir del día 1º de Julio de 1998:

Prohibido estacionar en Bolívar entre Camila Nievas y Pellegrini, margen sur.

Prohibido estacionar en Bolívar entre Chalup y 3 de Febrero, margen norte.

Prohibido estacionar en Pellegrini-Eva Perón entre San Martín y Avda. Parque, margen este.

Prohibido estacionar en Eva Perón entre Tala y Avda. Parque, margen oeste.

Prohibido estacionar en calle Mitre desde Del Valle hasta Bolívar, margen oeste.

Prohibido estacionar en calle 1º de Mayo entre Bvard. Montana e Ituzaingo, margen este.

Prohibido estacionar en calle Ituzaingo entre 1º de Mayo y República Oriental, margen sur.

Prohibido estacionar en calle República Oriental - Camila Nievas entre Ituzaingo y Bolívar, margen este.

 

 

 

 

 

 

 

 

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