ORDENANZA Nº12.473/2020.-
EXPTE.Nº6734/2020 -H.C.D.
VISTO:
El Decreto Ad Referéndum Nº 2923/2020, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que este Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2923/2020 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo.2º.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 22 de diciembre de 2020.
Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.
DECRETO Nº2923/2020.-
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 05 de noviembre de 2020.
VISTO: El Convenio de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia, representado por la Señora Ministra, DOCTORA ROMERO, ROSARIO MARGARITA, y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, representada por su Presidente Municipal DOCTOR PIAGGIO ESTEBAN MARTÍN, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de dicho Convenio es solventar con carácter exclusivo y excluyente la adquisición de los elementos, materiales y equipamientos de videocámaras y sus complementarios, que se detallan en el Anexo I adjunto al citado Convenio de Colaboración, para ser utilizados de conformidad a las previsiones contenidas en la Ley N° 10.175 y su Decreto Reglamentario N° 2.554/18 MGJ y en el Convenio.
Que se ha registrado el ingreso de un (1) desembolso realizado por el de Ministerio de Gobierno y Justicia contabilizado mediante DIN (Documento de Ingreso) N° 1.152.
Que a fin de dar continuidad al programa previamente mencionado, se torna necesaria la ampliación presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2020, teniendo en cuenta que el dinero ya fue ingresado y que tiene una afectación específica con lo cual no se quiebra el equilibrio presupuestaria.
Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ
AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA:
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando el rubro 2200000 Transferencias de capital – 22.5.01.17 Aporte Económico del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos – Fondos del Fo.Pro.Se. Ley 10.364 en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00).
ARTICULO 2º.- MODIFICASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando en la Apertura Programática 53.60.54 Cámaras de video vigilancia - Apte Ec del Min de Gob y Just de la Pcía de Entre Ríos de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00).
ARTICULO 3º.- Por Secretaría de Hacienda dispónganse las acciones necesarias para la realización de las modificaciones presupuestarias establecidas en los artículos precedentes.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
DELFINA FLORENCIA HERLAX ETEBAN MARTIN PIAGGIO
Secretario de Gobierno Presidente Municipal