ORDENANZA Nº 12.510/2021.
EXPTE.Nº 6817/2021-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº01-001019/2021, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal Caratulado: “s/Pago a proveedor –Asociación Mutual de Bancarios Concepción del Uruguay”.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley 10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 11738/2012 y modificatoria, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que a través de las actuaciones remitidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita el pago por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 165.796,69.-) a favor de “ASOCIACIÓN MUTUAL DE BANCARIOS DE C. DEL URUGUAY”, en concepto de adquisición de medicamentos conforme solicitud de pedido, obrante a fs.4 de los presentes autos.
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar el correspondiente acto administrativo que permita dar cumplimiento a lo solicitado precedentemente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE el pago de la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 165.796,69.-) a favor de ASOCIACIÓN MUTUAL DE BANCARIOS DE C. DEL URUGUAY, de acuerdo a los considerandos enunciados precedentemente.
ART.2º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de abril de 2021.
Juan Boari, Vice-Presidente 1º – Sonia Poletti a/c Secretaría.