ORDENANZA Nº 12.097/2017.
EXPTE.Nº 5881/2017-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 612/17, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal Caratulado: “Pago Proveedor – “EL MIRADOR S.R.L”, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley 10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 11738/2012 y modificatoria, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que a través los presentes autos, el Sr. Director de Suministro D. Ariel D´Agostino solicita el pago de las facturas emitidas por “El Mirador S.R.L”, en concepto de adquisición de combustible.
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar el correspondiente acto administrativo que permita dar cumplimiento a lo solicitado precedentemente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE el pago de las facturas “B” Nºs.0025-00389377, 0025-00389033 y 0025-00388457 emitidas por “El Mirador S.R.L”, por la suma total de PESOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS
($ 1559,75.-) cuyos comprobantes obran en Expte.Nº 612/2017 del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de marzo de 2017.
Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.