ORDENANZA Nº 11940/2015.
EXPTE.Nº 5417/2015-H.C.D.
VISTO: El Expediente Nº 7196/2014, caratulado: “DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES S/ TRANSFERENCIA DE LOTES - ENSANCHE CALLE URQUIZA”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 5 de las presentes actuaciones obra “Convenio de Donación Ensanche Calle Urquiza”, mediante el cual el Señor Eduardo Manuel ANGELINI, DNI Nº 13.593.148 y la Señora María Ester SIRI, DNI Nº 13.815.487, cónyuges entre sí, con domicilio en calle Urquiza Nº 1820 de esta ciudad, en su carácter de propietarios del cincuenta por ciento (50%) cada uno del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula Nº 126.750, en fecha 18 de junio del año 1996 por el Escribano Juan P. FUSSE, con una superficie según título de origen de 562,01 m2, sito en Planta Urbana, Sección Octava, Manzana 252 A, domicilio parcelario calle Urquiza sin número, donan a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú dos (2) fracciones de terreno que desde hace largo tiempo constituyen parte del ensanche de calle Urquiza entre calles Gutemberg y Larroque de Roffo, a saber: Fracción Nº 1: Plano catastral Nº 77.674, lote Nº 2, Partida Provincial Nº 6.625, con una superficie de 28,75 m2, cuyos límites y linderos son: Norte: línea recta (6-5) al N 86º 29´E de 7,15 metros lindando con Lote Nº 1 de los Señores Eduardo Manuel ANGELINI y María Ester SIRI; Este: línea recta (5-3) al S 1º 01´E de 4,05 metros lindando con calle Urquiza; Sud: línea recta (3-4) al S 86º 53´O de 7,15 metros lindando con calle Urquiza; y Oeste: línea recta (4-6) al N 0º 47´O de 4,00 metros lindando con calle Urquiza, Partida Nº 151.810. Fracción Nº 2: cuya mensura será ejecutada por el Municipio según Convenio suscripto, con una superficie de 31,20 m2 aproximadamente, que linda al Este con la fracción Nº 1, al Norte con calle Urquiza; al Oeste con calle Urquiza y al Sur con más propiedad de los Señores Eduardo Manuel ANGELINI y María Ester SIRI.
Que a fs. 10/11 obra Informe de Dominio Nº 11.675, de fecha 9 de diciembre del año 2014, de la Matrícula Nº 126.750, emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble en el que consta que las personas interesadas no se hallan inhibidas y que el bien se encuentra libre de gravámenes, cautelares y restricciones al dominio, por lo que no existe impedimento legal alguno para su transferencia.
Que a fs. 12 ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales sin manifestar objeciones al dictado del presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 11940/2015.
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLÓGUESE el Convenio de Donación para Ensanche de Calle Urquiza suscripto en fecha 26 de noviembre del año 2014 entre esta Municipalidad, representada por el Presidente Municipal, Señor Juan José BAHILLO, asistido por el Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, Contador Germán GRANÉ, y los Señores Eduardo Manuel ANGELINI, CUIT Nº 23-13593148-9 y María Ester SIRI, CUIT Nº 23-13815487-4, cónyuges entre sí, con domicilio en calle Urquiza Nº 1820 de esta ciudad.
ART.2º.- ACÉPTESE por parte de la MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, CUIT 30-64254968-1, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen Nº 75 de esta ciudad, la DONACIÓN efectuada por los Señores Eduardo Manuel ANGELINI, DNI Nº 13.593.148 y María Ester SIRI, DNI Nº 13.815.487, con domicilio en calle Urquiza Nº 1820 de esta ciudad, de las dos (2) fracciones de terreno que se describen en los considerandos del presente, las cuales constituyen parte del ensanche de calle Urquiza entre calles Gutemberg y Larroque de Roffo.
ART.3º.- POR Secretaría de Planeamiento Urbano, dese cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Segunda del Convenio de Donación, suscripto en fecha 26 de noviembre del año 2014.
ART.4º.-OPORTUNAMENTE desígnese Escribano de lista para la escrituración de ambas fracciones de terreno a favor de esta Municipalidad.
ART.5º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 19 de marzo de 2015.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.