ORDENANZA Nº 11789/2013.
EXPTE.Nº 4964/2013-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1230/13, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal Caratulado: “Secretaría de Desarrollo Social s/pago Proveedor – Farmacia Mutual Empleados de Comercio, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley 10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 11738/2012 y modificatoria, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que a través de nota remitida por la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno, se solicita el pago de las facturas emitidas por la Mutual de Empleados de Comercio Gualeguaychú E.R. en concepto de adquisición de medicamentos durante el mes de diciembre de 2012.
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar el correspondiente acto administrativo que permita dar cumplimiento a lo solicitado precedentemente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE el pago de la totalidad de las facturas emitidas por la Farmacia Mutual Empleados de Comercio, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS C/SESENTA Y SIETE ($18.400,67.-) cuyos comprobantes obran en Expte.Nº 1230/13 del Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 14 de marzo de 2013.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.