Ordenanzas - Manejo de viáticos


ORDENANZA Nº 10708/2004.-

EXPTE.Nº 1852/2004-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

El régimen de retiro y posterior rendición de viáticos que se tramitan a través de la Secretaría de Hacienda por parte de funcionarios, concejales y empleados de la Municipalidad de Gualeguaychú.

 

CONSIDERANDO:

Que es preciso establecer un único mecanismo que regule el uso de aquellos recursos destinados a viáticos y/o rendiciones de gastos para todos los agentes y funcionarios del estado municipal, alcanzando de esta forma una mayor eficiencia y control en el manejo de los dineros públicos.

Que si bien la norma a aplicar ya se ejecuta de hecho en el Departamento Ejecutivo, y existe el Decreto Nº 33/99 que rigen en ámbito del Honorable Concejo Deliberante, se juzga oportuno sancionar una Ordenanza general que instrumente la cuestión.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DISPONESE a partir de la aprobación de la presente, que las solicitudes de viáticos como así también las rendiciones de los mismos, deberán ser autorizadas y rubricadas conjuntamente con el solicitante:

  1. En el Departamento Ejecutivo: por el Secretario del Area y/o Presidente Municipal.

  2. En el Honorable Concejo Deliberante: por el Presidente y/o el Secretario del Cuerpo.

ART.2º.- LAS solicitudes deberán contener: día, monto, destino y razón del viático.

 

 

ORDENANZA Nº10708/2004.-

 

 

ART.3º.- LOS viáticos deberán ser rendidos a Contaduría y reintegrados en Tesorería dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de haber sido utilizado.

ART.4º.- HABILITASE a la Secretaría de Economía y Hacienda de este Municipio, a descontar en forma automática el monto del viático no reintegrado, de los haberes del mes en curso del funcionario o personal de esta Municipalidad que, en su calidad de solicitante del viático incumpla con lo prescripto en el Art.3º.

ART.5º.- POR Secretaría de Gobierno notifíquese de lo resuelto al personal y funcionariado de la Municipalidad de Gualeguaychú.

ART.6º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de agosto de 2004.

Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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