Ordenanzas - Excepción Ordenanza Nº 10915/2006


ORDENANZA Nº 11965/2015.

EXPTE.Nº 5440/2015-H.C.D.

VISTO:

         La nota presentada por la Sra. Nélida Elena Bonzón de Gallardo, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante los presentes autos, la Sra. Nélida Bonzón de Gallardo, en su carácter de apoderada de Edgardo Gustavo Gallardo, inicia las presentes actuaciones a fin de regularizar la titularidad de un panteón adquirido oportunamente.

                               Que el panteón en cuestión se halla inscripto a nombre de la Srta. María Dolores Arenas, quien procedió a su venta, desconociendo la existencia de normativa municipal que prohíbe dicho acto.

                               Que de acuerdo a lo expresado por el Ingeniero Augusto Dell´Aquila, la recurrente no posee descendientes a quien transferir la titularidad del inmueble, ni tampoco los ingresos necesarios para afrontar el mantenimiento y pago de tasas del panteón del cual es titular, contando solamente con los ingresos percibidos como jubilada municipal.

                               Que de acuerdo a lo expresado anteriormente, y considerando el dictamen favorable efectuado por el Sr. Administrador del Cementerio Norte, este Cuerpo Deliberativo considera viable dar solución a la situación aquí planteada.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE a la Srta. María Dolores Arenas, D.N.I. Nº 3.736.566, de estado civil soltera, con domicilio legal constituido en calle Seguí Nº 171 de esta ciudad, a TRANSFERIR a nombre del Sr. Edgardo Gustavo Gallardo, D.N.I. Nº 13.316.207, con domicilio sito en calle Gervasio Méndez Nº 1226, el panteón Nº 2, Sección “A”, calle 6, Legajo Nº 7337, sito en el Cementerio Norte.

ART.2º.- REMITIR copia de la presente a la Sra. Nélida Elena Bonzón de Gallardo, al Sr. Administrador del Cementerio Ing. Augusto Dell´Aquila, y al Sr. Director Municipal de Rentas Cdor. Atilio Bernigaud, a sus efectos.

ART.3º. COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 23 de julio de 2015.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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