ORDENANZA Nº 12738/2023.-
EXPTE.Nº 7272/2023 – H.C.D.-
VISTO:
Los Expedientes Nº 4169/2014, caratulado: “BROGGI DOMINGO ROBERTO DONACIÓN DE TERRENO PARA APERTURA DE CALLE COLOMBO”; y Nº 7008/2014, caratulado: “BÉRTORA ALFREDO S/ APROBACIÓN TRAMA VIAL - PROP. BROGGI DOMINGO”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del Expediente 4169/2014 el Señor Domingo Roberto BROGGI otorga su compromiso a donar a esta Municipalidad una parte del terreno de su propiedad para la apertura de calle Colombo de esta ciudad. Asimismo, a fs. 16 del Expediente Nº 7008/2014 el Señor BROGGI solicita autorización de ampliación del loteo de su propiedad a las calles Bernardino Rivadavia, y Presbítero José María Colombo y Madre Teresa de Calcuta de esta ciudad y a fs. 20 reitera el ofrecimiento de donación de estas últimas DOS (2) arterias especificando las medidas de las mismas a donar en un total de CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO metros cuadrados (5.334 m2) y del espacio verde en un total de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (954 m2).
Que a fs. 14 del Expediente Nº 7008/2014 el entonces Director de Planeamiento, Arquitecto Hugo LEZCANO, manifiesta que para proceder a la aprobación definitiva del lote, deberán estar realizadas las donaciones de calles y espacio verde, abovedado y compactado de calles de acuerdo a normas de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, lo cual estaría cumplido por el Señor BROGGI.
Que en ese sentido y a dichos fines, a fs. 26/29 se adjuntan DOS (2) Fichas de Transferencias y DOS (2) Planos de Mensuras, correspondiente a donación para espacio verde y para prolongación de calles Colombo y Madre Teresa de Calcuta de esta ciudad.
Que a fs. 30 el Director de Planeamiento, Arquitecto Gustavo Javier DUMÓN informa que el loteo se encuentra aprobado y las calles a donar se encuentran abiertas al uso público, por lo que sugiere que corresponde aceptar la donación de dichos lotes a fin de regularizar la situación dominial de ambos inmuebles.
Que los datos catastrales de las fracciones de los inmuebles a donar por parte del Señor Domingo Roberto BROGGI son: 1) PLANO Nº 88.119: LOTE DONACIÓN, Partida Provincial Nº 50.311, con una superficie según título de origen de cincuenta y seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados (56.397,00 m2) con un remanente de veintisiete mil trescientos noventa metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (27.390,45 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tº 84 Fº 3.303, en fecha 05/12/1969, por el Juez Civil y Comercial, de la cual se desglosa una superficie a donar de novecientos cincuenta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (953,50 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (29-9) S 83º 12’ E de 36,92 m. Lindando con Lote Calle de esta subdivisión propiedad de Domingo Roberto Broggi, prolongación de calle Colombo; ESTE: Recta (9-30) S. 8º 10’ E de 18,93 m. Lindando con Loteo Calle de esta subdivisión propiedad de Domingo Roberto BROGGI, prolongación Madre Teresa de Calcuta; SUR: Recta (30-31) S. 81º 50’ O de 43,27 m. lindando con más terreno de Domingo Roberto BROGGI; OESTE: Recta (31-29) N. 6º48’ E de 29,46 m. lindando con más terreno de Domingo Roberto BROGGI, el que será destinado a Espacio Verde; 2) PLANO Nº 88.119: LOTE CALLE, Partida Provincial Nº 50.311, con una superficie según título de origen de cincuenta y seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados (56.397,00 m2) con un remanente de veintisiete mil trescientos noventa metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (27.390,45 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tº 84 Fº 3.303, en fecha 05/12/1969, por el Juez Civil y Comercial, de la cual se desglosa una superficie a donar de cuatro mil doscientos diecisiete metros cuadrados (4.217,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) S. 87º 01’ E de 13,00 m. lindando con David Wambold y Otra; ESTE: Rectas (2-3) S. 5º 59’ E de 38,38 m., (3-4) S. 83º 12’ E de 63,16 m., (4-5) S. 6º 07’ E de 13,34 m., (5-6) N. 83º 12’ O de 62,67 m., y (6-7) S. 8º 10’ E de 131,96 m., lindando todas con más terreno de Domingo Roberto Broggi; SUR: Recta (7-8) S. 81º 50’ O de 13,00 m., lindando con calle Bernardino Rivadavia; OESTE: rectas (8-9) N 8º 10’ O de 135,43 m., lindando con Lote 23 de Domingo Roberto Broggi hasta 26,50 m., con Lote Z de esta subdivisión hasta 36,50 m., con Lote Y de esta subdivisión hasta 46,50 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 96,50 m., con lote S de esta subdivisión hasta 106,50 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 116,50 m., y con Lote Donación de esta subdivisión hasta el final; (9-10) N 83º 12’ O de 77,18 m., lindando con Lote Donación de esta subdivisión hasta 36,92 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 46,92 m., y con Carlos Conrado Inchausty hasta el final; (10-11) N 1º 54’ O de 13,15 m., lindando con Boulevard Isidoro De María; (11-12) S. 83º 12’ E de 75,70 m., lindando con José M. Cristóbal Arias y Otra hasta 19,60 m., con Lote A2 de esta subdivisión hasta 29,60 m., con Lote B de esta subdivisión hasta 39,60 m., con Lote C de esta subdivisión hasta 49,73 m., con Lote D de esta subdivisión hasta 59,86 m., y con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta el final; y (12-1) N 5º 33? O de 37,43 m., lindando con más terreno de Domingo Roberto Broggi.
Que a fs. 8 in fine y fs. 23 del Expediente Nº 7008/2014 la Oficina Técnica de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Obras Públicas respectivamente otorgaron factibilidad para otorgar el servicio de agua y cloaca; en tanto a fs. 12/13 del mismo expediente obra una Declaración Jurada del Señor BROGGI con firma certificada, donde el mismo se obligó y/o comprometió a hacerse cargo de gestionar y de los gastos económicos que origine o demanda el suministro de energía eléctrica y su red de distribución de baja tensión para todos los lotes del proyecto presentado por el Agrimensor Alfredo BÉRTORA, ante lo cual la Dirección de Planeamiento ha entendido procedente otorgar factibilidad al loteo en cuestión.
Que según lo dispuesto por el artículo 95º inciso r) de la Ley Nº 10.082 corresponde dictar el acto administrativo que disponga la aceptación, por parte del Honorable Concejo Deliberante, de las donaciones de inmuebles con cargo, lo cual hace procedente la sanción de la presente Ordenanza.
Que la Dirección Legal y Técnica entiende procedente el dictado del presente acto administrativo, sin manifestar objeciones al respecto; sin perjuicio de ello y para el hipotético caso que al momento de efectivizar la inscripción de los inmuebles a nombre de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, se irrogara gasto alguno respecto a la documentación que fuera necesaria para ello, se deja establecido que dichos gastos serán afrontados por el Señor Domingo Roberto BROGGI, en su carácter de donatario, todo ello teniendo en cuenta la fecha en que data la aprobación de las Mensuras y Fichas de Transferencias (01/06/2015), como así también los gastos de escrituración de los inmuebles descriptos en el artículo precedente a nombre de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo.1º.- ACÉPTESE por parte de la MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, CUIT Nº 30-64254968-1, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen Nº 75 de esta ciudad, la donación efectuada por el Señor Domingo Roberto BROGGI, DNI Nº 5.855.679, con domicilio en calle Rivadavia y Boulevard de María de esta ciudad, en su carácter de propietario del cien por ciento (100%) del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tº 84 Fº 3.303, en fecha 05/12/1969, por el Juez Civil y Comercial, con una superficie según título de origen de cincuenta y seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados (56.397,00 m2) con un remanente de veintisiete mil trescientos noventa metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (27.390,45 m2), las siguientes fracciones: 1) PLANO Nº 88.119: LOTE DONACIÓN, Partida Provincial Nº 50.311, con una superficie según título de origen de cincuenta y seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados (56.397,00 m2) con un remanente de veintisiete mil trescientos noventa metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (27.390,45 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tº 84 Fº 3.303, en fecha 05/12/1969, por el Juez Civil y Comercial, de la cual se desglosa una superficie a donar de novecientos cincuenta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (953,50 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (29-9) S 83º 12’ E de 36,92 m. Lindando con Lote Calle de esta subdivisión propiedad de Domingo Roberto Broggi, prolongación de calle Colombo; ESTE: Recta (9-30) S. 8º 10’ E de 18,93 m. Lindando con Loteo Calle de esta subdivisión propiedad de Domingo Roberto BROGGI, prolongación Madre Teresa de Calcuta; SUR: Recta (30-31) S. 81º 50’ O de 43,27 m. lindando con más terreno de Domingo Roberto BROGGI; OESTE: Recta (31-29) N. 6º48’ E de 29,46 m. lindando con más terreno de Domingo Roberto BROGGI, el que será destinado a Espacio Verde; 2) PLANO Nº 88.119: LOTE CALLE, Partida Provincial Nº 50.311, con una superficie según título de origen de cincuenta y seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados (56.397,00 m2) con un remanente de veintisiete mil trescientos noventa metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (27.390,45 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Tº 84 Fº 3.303, en fecha 05/12/1969, por el Juez Civil y Comercial, de la cual se desglosa una superficie a donar de cuatro mil doscientos diecisiete metros cuadrados (4.217,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) S. 87º 01’ E de 13,00 m. lindando con David Wambold y Otra; ESTE: Rectas (2-3) S. 5º 59’ E de 38,38 m., (3-4) S. 83º 12’ E de 63,16 m., (4-5) S. 6º 07’ E de 13,34 m., (5-6) N. 83º 12’ O de 62,67 m., y (6-7) S. 8º 10’ E de 131,96 m., lindando todas con más terreno de Domingo Roberto Broggi; SUR: Recta (7-8) S. 81º 50’ O de 13,00 m., lindando con calle Bernardino Rivadavia; OESTE: rectas (8-9) N 8º 10’ O de 135,43 m., lindando con Lote 23 de Domingo Roberto Broggi hasta 26,50 m., con Lote Z de esta subdivisión hasta 36,50 m., con Lote Y de esta subdivisión hasta 46,50 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 96,50 m., con lote S de esta subdivisión hasta 106,50 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 116,50 m., y con Lote Donación de esta subdivisión hasta el final; (9-10) N 83º 12’ O de 77,18 m., lindando con Lote Donación de esta subdivisión hasta 36,92 m., con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta 46,92 m., y con Carlos Conrado Inchausty hasta el final; (10-11) N 1º 54’ O de 13,15 m., lindando con Boulevard Isidoro De María; (11-12) S. 83º 12’ E de 75,70 m., lindando con José M. Cristóbal Arias y Otra hasta 19,60 m., con Lote A2 de esta subdivisión hasta 29,60 m., con Lote B de esta subdivisión hasta 39,60 m., con Lote C de esta subdivisión hasta 49,73 m., con Lote D de esta subdivisión hasta 59,86 ., y con más terreno de Domingo Roberto Broggi hasta el final; y (12-1) N 5º 33? O de 37,43 m., lindando con más terreno de Domingo Roberto Broggi.
Artículo 2º.- DESÍGNESE Escribano de lista para que proceda a realizar los trámites de escrituración de los lotes que se describen en el artículo precedente a favor de esta Municipalidad.
Artículo 3º.- ESTABLÉZCASE que los gastos de mensura, para el hipotético caso que al momento de efectivizar la inscripción de los inmuebles a nombre de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, se irrogara gasto alguno respecto a la documentación que fuera necesaria para ello, se deja establecido que dichos gastos serán afrontados por el Señor Domingo Roberto BROGGI, en su carácter de donatario, todo ello teniendo en cuenta la fecha en que data la aprobación de las Mensuras y Fichas de Transferencias (03/06/2015), como así también los gastos de escrituración de los inmuebles descriptos en el artículo precedente a nombre de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
Artículo.4º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 31 de Marzo de 2023.
Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge A. Cuenca, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.-