ORDENANZA Nº 11295/2009.-
EXPTE.Nº 3087/2008-H.C.D.
VISTO:
La nota presentada por la Agente Nieves Carmona elevando reclamo.
CONSIDERANDO:
Que las citadas actuaciones fueron remitidas a la Junta de Admisión Calificación y Disciplina a efectos de que a través de la misma se dictamine al respecto.
Que de acuerdo a lo informado por el organismo de referencia y a lo estipulado en el Estatuto de Empleados y Obreros Municipales, en su Art.65º corresponde acceder a lo requerido por la Agente Carmona.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HACER lugar al reclamo efectuado por la Agente María de los Angeles Carmona con prestación de servicios en la Dirección de Obras Sanitarias, tomando como parámetro el informe elevado por la Junta de Admisión, Calificación y Disciplina, el cual se adjunta a la presente.
ART.2º.- NOTIFICAR a la interesada sobre lo resuelto, remitiendo copia de la presente Ordenanza a la Dirección de Personal y Recursos Humanos a sus efectos.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 15 de octubre de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.