ORDENANZA Nº10658/2003.-
EXPTE.Nº 1649/2003.-
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo ha solicitado que el Honorable Concejo Deliberante avale el mecanismo de compra de excepción establecido en el Decreto Nº 979/2003.
Que resulta un reclamo permanente de la población la urgente realización de tareas de mantenimiento de la trama vial, deteriorada fuertemente durante el período de crisis económica que vivió el país en general, y en forma mas acentuada, la provincia de Entre Ríos en particular.
Que tal situación incidió en la calidad de prestación de los servicios públicos a cargo de la Municipalidad, debido a la imposibilidad de adquirir los bienes de consumo necesarios con bonos provinciales sin aceptación por parte de las empresas proveedoras de los mismos.
Que tal situación económica obligó la postergación de toda erogación que no estuviera destinada principalmente a la prestación de los servicios más esenciales e impostergables, como la salud, la provisión de agua potable, etc.
Que se dispone en la actualidad de una situación económica que permite recuperar un nivel aceptable de inversión en obras públicas, posibilitando de esta manera terminar las obras iniciadas y realizar la reparación de la trama vial de la ciudad, entre otras mejoras.
Que ante la proximidad de la temporada estival, resulta imprescindible realizar una mayor inversión en aquellos sectores de interés turístico, como la calle 25 de Mayo, Urquiza, Costanera, Avda. Del Valle, Camino Ñandubaysal, etc.
Que debido al escaso tiempo disponible para el inicio de la temporada resulta estrictamente necesario recurrir a un mecanismo excepcional de suministros de insumos a través del sistema de compra directa, efectuado a partir de un cotejo de precios entre los proveedores de la Municipalidad.
Que la determinación de Compra Directa fue resuelta por este Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 979/03, pero requiriendo en la misma, la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, prestando conformidad a lo actuado.
ORDENANZA Nº 10658/2003.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- CONVALIDASE el mecanismo de compra excepcional dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto Nº 979/2003, para la adquisición de los materiales detallados en el artículo 1º del mismo, los cuales serán utilizados en la repavimentación y mantenimiento de la trama vial de nuestra ciudad.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 3 DE NOVIEMBRE DE 2003.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.