ORDENANZA Nº 11461/2010.
EXPTE.Nº 4015/2010-H.C.D
VISTO: el expediente Nº 4350/10 caratulado “SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO S/ DONACIÓN DE TERRENO - SÁNCHEZ DE MOLINA DOMINGA”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 la Secretaría de Planeamiento Urbano informa la necesidad de completar la apertura y continuación de calle Los Robles, hacia el oeste de la calle Alsina, e inscribir la propiedad de dicho terreno a nombre de la Municipalidad de Gualeguaychú, en virtud que los propietarios del mismo han manifestado su intención de donarlo y los vecinos colindantes urgen su conexión a la red cloacal, para lo cual necesitan que se regularice la situación dominial de calle Los Robles.
Que de acuerdo al Plano de Mensura obrante en autos (fs. 3) los datos catastrales del inmueble de marras son: Matrícula 121.527, Partida 130.967, sito en ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección Sexta, Manzana 186 J, Plano 53.355, con una superficie de 1.256,00 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta 5-20 al N 86º 53`O de 96,45 m linda con Lote Nº 2 en 30,00 m, con Lote Nº 3 en 15,50 m, con Lote Nº 4 en 15,50 m, con Lote Nº 5 en 15,50 m, con Lote Nº 6 en 15,50 m y con Lote Nº 7 en 4,45 m, todos de SÁNCHEZ de MOLINA Dominga Rosilda y OTROS. ESTE: Recta 20-21 al S 3º 15` E de 13,00 m linda con Lote Nº 8 de SÁNCHEZ de MOLINA Dominga Rosilda y OTROS. SUR: Recta 21-4 al S 86º 51`O de 96,35 m que linda con Mirta Raquel CAVIGLIA y OTROS y OESTE: Recta 4-5 al N 3º 39`O de 13,00 m que linda con calle pública, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de Dominga Rosilda SÁNCHEZ, MI Nº 735.550; Bernardo Cirilo MOLINA, MI Nº 5.877.970, Adolfo Ismael MOLINA, MI Nº 5.874.402, Victorio Alberto MOLINA, MI Nº 10.199.193, Juan Antonio MOLINA, MI Nº 9.170.918 y Juan Domingo MOLINA, MI Nº 12.385.237.
Que a fs. 4/5 obra Informe de Dominio Nº 4715 expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble, de fecha 16 de Junio de 2010, del cual surge la inexistencia de gravámenes y/o restricciones que afecten al inmueble.
Que a fs.8/11 obra informe de deuda del inmueble descripto, expedido por la Dirección de Rentas Municipal, por Tasa General Inmobiliaria Cuenta Nº 26.547 y Tasa Obras Sanitarias Cuenta Nº 20.819.
Que a fs. 13 obra Convenio de Donación para Apertura de Calle Pública, suscripto entre esta Municipalidad y los Señores Bernardo Cirilo MOLINA, MI Nº 5.877.970, Adolfo Ismael MOLINA, MI Nº 5.874.402, Victorio Alberto MOLINA, MI Nº 10.199.193, Juan Antonio MOLINA, MI Nº 9.170.918 y Juan Domingo MOLINA, MI Nº 12.385.237, mediante el cual los nombrados, en su doble carácter de propietarios y legítimos herederos de la Señora Dominga Rosilda SÁNCHEZ manifiestan su voluntad expresa e irrevocable de donar, en cuanto el juicio sucesorio de su señora madre lo permita, entregando la posesión del inmueble referido en el Considerando segundo para dar comienzo de ejecución a la apertura de calle Los Robles y demás obras previstas y por su parte la Municipalidad toma a cargo la deuda por tasas municipales e impuesto inmobiliario provincial que se adeuden hasta el día de homologación del
ORDENANZA Nº 11461/2010.-
Convenio, los gastos de certificación de mensura y los que se originen como consecuencia de la inscripción dominial del inmueble a su favor.
Que de acuerdo al antecedente dominial, Matrícula Nº 113.082 inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble en fecha 5 de diciembre de 1980, el bien tiene carácter propio, pues les corresponde a los Señores MOLINA por adjudicación en el juicio sucesorio de su padre Bernardo MOLINA, por lo que no surge necesario el asentimiento conyugal (art. 1277º C. Civil).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA:
ART.- 1º.- HOMOLOGAR el Convenio suscripto entre esta Municipalidad y los Señores Bernardo Cirilo MOLINA, MI Nº 5.877.970, Adolfo Ismael MOLINA, MI Nº 5.874.402, Victorio Alberto MOLINA, MI Nº 10.199.193, Juan Antonio MOLINA, MI Nº 9.170.918 y Juan Domingo MOLINA, MI Nº 12.385.237, en fecha 7 de julio de 2010, que obra a fs. 13 de los presentes autos.
ART.2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a tomar posesión del inmueble Matrícula 121.527, Partida 130.967, sito en la ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección Sexta, Manzana 186 J, Plano Nº 53.355, con una superficie de 1.256,00 m2 y comenzar la ejecución de las obras necesarias para la apertura al uso público de la calle Los Robles.
ART.3º.- TOMAR a cargo las deudas por tasas municipales General Inmobiliaria Cuenta Nº 26.547 y Obras Sanitarias Nº 20.819, correspondientes al inmueble descripto en el artículo 2º e Impuesto Inmobiliario Provincial Partida Nº 130.967.
ART. 4º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de julio de 2010.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.