ORDENANZA Nº 12.433/2020.-
EXPTE.Nº 6661/2020-H.C.D.
VISTO:
La Ordenanza Nº 12.075/2016, y nota presentada por el Subcomisario de la Policía de Entre Ríos, Sergio Osvaldo Adolf en fecha 14 de julio del corriente, y
CONSIDERANDO:
Que el Subcomisario de la Policía de Entre Ríos, en su carácter de Jefe de la Sección Comando Radioeléctrico dependiente de la División Operaciones y Seguridad de la Jefatura Departamental Gualeguaychú, presentó una nota ante este Cuerpo, solicitando se contemple la posibilidad de ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 12.075/2016.
Que en virtud a los argumentos analizados oportunamente en la referida Ordenanza, se considera viable conceder la exención solicitada por un plazo determinado, a los fines de que se encuentre la solución correspondiente a la cuestión planteada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- EXCEPTÚESE del pago de la tasa municipal correspondiente a la expedición del carnet de conducir, Categoría D3, a aquellos agentes de la Policía de Entre Ríos, Departamental Gualeguaychú, a los cuales les sea requerido como requisito ineludible para conducir vehículos oficiales, en cumplimiento de la función que ejercen.
Artículo.2º.- ESTABLECESE que la presente norma, regirá por el plazo comprendido desde la promulgación de la presente, hasta el diez (10) de diciembre de 2023.
Artículo.3º.- FACULTESE a las Direcciones de Rentas y Tránsito de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a estipular mediante reglamentación, las exigencias formales que los agentes interesados deben cumplimentar para acceder al presente beneficio.
Artículo.4.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 14 de agosto de 2020.
Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.