Ordenanzas - Imposicion de nombre Adela Pérez Cheveste


ORDENANZA Nº 10507/2001.

EXPTE.Nº 599/2001-H.C.D.

 

 

VISTO:

La reciente desaparición física de Adela Pérez Cheveste.

 

CONSIDERANDO:

Que Adela Pérez Cheveste se estableció en nuestra ciudad durante el transcurso del año 1914, dando inicio a sus estudios formativos en la Escuela Normal Olegario Víctor Andrade, desde donde egresa tiempo después con el título habilitante que le permitió impulsar su arraigada vocación docente en distintos establecimientos educacionales de la zona rural y urbana de Gualeguaychú, obteniendo a través de una extensa y fecunda tarea, la mejor distinción a la que puede aspirar un educador: el afecto y reconocimiento de quienes fueron destinatarios de sus oportunos consejos y enseñanzas.

Que desde muy pequeña, Adela Pérez Cheveste, manifestó su inclinación por una actividad artística que, innata y natural, yacía en lo más profundo de su mundo interior: su pasión por la escultura.

Que con el invalorable estímulo de entidades representativas del quehacer cultural de la ciudad de Gualeguaychú y de Organismos Gubernamentales, la llevaron a enriquecer sus conocimientos y perfeccionar su técnica en los más afamados Centros y Escuelas de Artes Visuales de nuestro país.

Que la magnitud y trascendencia de su labor, ha quedado plasmada en significativas obras, cuya imaginación y creatividad se inspiraron en la figura humana, el paisaje, la naturaleza y todo aquello que la rodeaba, modeladas y esculpidas en barro, arcilla y yeso.

Que la imaginación creadora de Adela Pérez Cheveste, donde predominan: bustos y esculturas de poetas, maestros, próceres e imágenes religiosas, se encuentra expuesta en el conjunto de consagradas obras que se localizan en plazas, paseos públicos y escuelas de Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Chajarí, Nogoyá, de la Provincia de Buenos Aires, Mendoza, Corrientes, Misiones, Córdoba y distintos departamentos de la República Oriental del Uruguay.

Que en el transcurrir del tiempo, la magnificencia de sus obras han formado parte de diversas exposiciones, muestras y eventos culturales, donde obtuvieron valiosas distinciones y el reconocimiento de importantes y consagradas personalidades de las Bellas Artes.

Que en virtud de su vasta trayectoria y sus insignes aportes realizados a favor de la cultura y el arte, el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Gualeguaychú a través de la Ordenanza Municipal Nº 10283/97, otorgó a Adela Pérez Cheveste la nominación de: Ciudadana Ilustre de la ciudad de San José de Gualeguaychú.

 

ORDENANZA Nº 10507/2001.

 

 

Que la desaparición física de Adela Pérez Cheveste, acaecida el pasado 7 de Marzo de 2001, connota una pérdida de notoria significación, pero a su vez nos deja el recuerdo permanente de su ejemplo de vida caracterizado por un espíritu bondadoso, creador e imaginativo, el cual permanecerá imperecedero e indeleble en el tiempo.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DESIGNASE con el nombre de Adela Pérez Cheveste a la calle situada en el denominado Sector Chico del Parque Unzué de nuestra ciudad, comprendido entre el Recreo “Los sauces” y el monumento recordatorio a Saturnino Unzué.

ART.2º.- REQUERIR a la Dirección Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Gualeguaychú, proceda a efectuar su correspondiente y respectiva señalización.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 11 DE MAYO DE 2001.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL