ORDENANZA Nº 11311/2009.-
EXPTE.Nº 3689/2009 H.C.D.
VISTO:
El accidente protagonizado por el vehículo municipal marca Ford, dominio WMT 151, el cual en fecha 12 de enero de 2009 en la intersección de calles San Martín y Ayacucho fue embestido por un vehículo marca Mercedes Benz, dominio FRE 165, éste último asegurado en Seguros Rivadavia Cooperativa Limitada.
CONSIDERANDO:
Que el presupuesto para la reparación del vehículo municipal en concepto de mano de obra y materiales, asciende a la suma total de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS ($ 13.762,00.-).
Que la empresa aseguradora, ha ofrecido abonar por todo concepto la suma total de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($ 11.800.-)
Que de acuerdo al informe remitido por la Secretaria de Servicios Públicos y Obras Públicas, es aconsejable aceptar la propuesta efectuada por la compañía aseguradora, considerándose que el remanente – el cual puede ser considerado en concepto de mano de obra – sería llevado a cabo en los talleres de mantenimiento municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar el respectivo convenio con la Cía. Aseguradora Rivadavia Cooperativa Limitada por la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($ 11.800.-) en concepto de pago de reparación de vehículo municipal, marca FORD F 100, Dominio WMT 151.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de noviembre de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria Interina.
Es copia fiel que, Certifico.