Ordenanzas - Préstamo a Comisión de carnaval


ORDENANZA Nº 12002/2015.

EXPTE.Nº 5556/2015-H.C.D.

 

VISTO: El Expediente Nº 7342/2015, caratulado: “COMISIÓN DEL CARNAVAL S/ PRÉSTAMO MUNICIPAL”; y

 

CONSIDERANDO:

         Que el día 16 de abril del año 2014 mediante Decreto N° 767/2014, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso la participación activa y permanente de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en la Comisión del Carnaval del País, integrada por el “Centro Social, Cultural y Deportivo Sirio Libanés”, el “Tiro Federal Gualeguaychú”, el “Club Central Entrerriano”, el “Club Social y Deportivo Juventud Unida” y el “Club de Pescadores Gualeguaychú”, el Presidente Municipal, el Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, el Secretario de Planeamiento Urbano y el Secretario de Turismo, y la afectación especial de otros funcionarios y personal municipal de acuerdo a las necesidades, requerimientos y competencia funcional.

Que esas disposiciones surgieron en el marco de la actividad turística de los últimos años que ha tenido un fuerte impulso a través de inversiones privadas y públicas, sobre la base de tres (3) importantes atractivos turísticos, tales como el Carnaval, las playas y la naturaleza, entre otros, pero resaltando la actividad del Carnaval, la que posee un fuerte contenido social, cultural y de pertenencia de todos los habitantes de esta ciudad, y que año tras año fue creciendo en calidad y convocatoria.

Que por diversos factores, en los últimos años se produjo un estancamiento en la convocatoria del Carnaval del País, resultando necesario analizar aspectos de su realización y organización, sobre la base del trabajo en conjunto con los clubes y los sectores involucrados en el mismo, diagnosticando fortalezas y debilidades, definiendo roles y prioridades, convergiendo en la sustentabilidad del mismo, y acordándose en ese marco la participación activa de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en la Comisión.

Que en ese contexto el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Nº 1577/2014 realizó un aporte reintegrable de dinero a la Comisión del Carnaval, por un monto de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00), con el objeto de financiar la realización de las Comparsas para la Edición 2015 evitando la intervención de financiación de capitales privados, previa celebración de un Contrato de Préstamo con los clubes integrantes de la Comisión.

Que en dicho contrato se acordó que el monto total del préstamo sería otorgado en tres (3) pagos mensuales y consecutivos de Pesos un millón ($ 1.000.000,00) estableciéndose como fecha límite de devolución total el día 28 de febrero del año 2015.

Que de la suma total de préstamo otorgado a los clubes integrantes de la Comisión de Carnaval, fue devuelta la suma de Pesos Un millón seiscientos mil ($ 1.600.000,00) quedando un saldo pendiente de devolución en la suma de Pesos Un millón cuatrocientos mil ($ 1.400.000.00).

ORDENANZA Nº 12002/2015.

 

Que en ese cuadro de las circunstancias esgrimidas anteriormente y dada la proximidad del inicio de la Edición 2016 del Carnaval del País, el día 5 de noviembre del corriente año, el Presidente y el Secretario de la Comisión de Carnaval, Señores José María Peverelli y José El Kozah, respectivamente, remitieron una nota al Presidente Municipal, Señor Juan José Bahillo, con el fin de solicitarle se vuelva a hacer efectivo el préstamo previamente acordado por la suma de Pesos Tres millones ($ 3.000.000,00) para afrontar la Edición 2016 del Carnaval del País, descontando automáticamente de dicha suma, el saldo adeudado que fuera otorgado para la Edición 2015 a esa Comisión por la suma de Pesos un millón cuatrocientos mil ($ 1.400.000,00). En la misma nota, los prenombrados manifiestan que se comprometen a hacer efectiva la devolución del total del importe del préstamo en el mes de marzo del año 2016, acordando que para el caso que esto ocurra total o parcialmente, la suma adeudada a dicha fecha comenzará a devengar intereses establecidos previamente por las partes.

Que en virtud de la nota presentada, el Presidente Municipal remite el expediente a la Dirección de Asuntos Legales a los efectos de que se avance con un Proyecto de Ordenanza que contemple lo peticionado.

Que en este contexto, habiendo tomado conocimiento sobre las condiciones de financiamiento que realiza la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, y la participación activa y permanente de ésta en la Comisión del Carnaval del País, el Departamento Ejecutivo Municipal entiende conveniente realizar un nuevo aporte reintegrable de dinero a la Comisión del Carnaval, por un monto total de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00), con el objeto de financiar la realización de la Edición 2016 del Carnaval del País como una de las principales herramientas de atracción turística en la temporada veraniega de esta ciudad, en pos del desarrollo y crecimiento de toda la economía local y, consecuentemente de la región, facultando al Presidente de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a suscribir Contrato de Préstamo que establezca el plazo de devolución y tasa de interés para el caso de mora en la devolución.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 95º y siguientes de la Ley Provincial Nº 10.027 se autoriza al Presidente de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a otorgar un nuevo préstamo –reintegrable- de dinero a la Comisión del Carnaval, por un monto total de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00).

Que a fs. 3/4 ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales sin manifestar objeciones al dictado del presente acto administrativo.

ORDENANZA

ART.1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Contrato de Préstamo con la “COMISIÓN DEL CARNAVAL DEL PAÍS”, CUIT Nº 30-71459540-3, integrada por el “Centro Social,

ORDENANZA Nº 12002/2015.

 

Cultural y Deportivo Sirio Libanés” con domicilio en calle Hipólito Irigoyen Nº 61; el “Tiro Federal Gualeguaychú” con domicilio en Boulevard De León Nº 100, el “Club Central Entrerriano” con domicilio en calle España Nº 275, el “Club Social y Deportivo Juventud Unida” Padre José Schachtel Nº 149, y el “Club de Pescadores Gualeguaychú” con domicilio en Av. Almirante Brown S/N, todos de esta ciudad, hasta la suma total de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00), reteniéndose del monto antes indicado la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($ 1.400.000,00) que se tomará a cuenta y cancelación del préstamo otorgado por el Municipio a los clubes ut supra indicados para la Edición 2015 del Carnaval del País, cuyo vencimiento operará el día 31 de marzo del año 2016.

ART.2º.- Dispónese que la autorización otorgada al Departamento Ejecutivo tendrá vigencia a partir de que se verifique la afectación presupuestaria correspondiente por parte de la Secretaría de Economía y Hacienda, y la celebración del contrato de préstamo de estilo en el que se acuerden y establezcan las cláusulas y condiciones obligatorias para las partes.

ART.3º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar intereses moratorios para el caso de que una vez vencido el plazo dispuesto en el artículo 1º, la Comisión del Carnaval del País no hubiere cancelado la deuda contraída con la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, todo ello previo acuerdo de partes y preservando la situación patrimonial de ellas.

ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 1º de diciembre de 2015.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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