ORDENANZA Nº 10416/2000.-
EXPTE.Nº 11560/99-H.C.D.
ATENTO:
Los informes de la Oficina de Planeamiento donde se pondera la apertura solicitada, y de la Oficina de Catastro, en que se apunta que no obstante el acotado tramo de arteria del cual se solicita apertura, son de aplicación las Ordenanzas Nº 7250/70; 7374/74 y 5943/61, y teniendo en cuenta que la zona que nos ocupa, está dentro de la futura área de Promoción Urbana en cuanto a las aperturas viales que la Comuna desea incentivar.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZAR con carácter de excepción la continuación de la calle Pública en veintitrés (23) metros de longitud, con un ancho de trece (13) metros y apruébase los seis (6) lotes propuestos por el Agrimensor Carlos Rivero en el Expediente Nº 1558/99, según planimetría de fojas dos (2).
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC....
SALA DE SESIONES.
SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 17 DE MARZO DE 2000.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE - VÍCTOR INGOLD, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE,CERTIFICO.