ORDENANZA Nº10945/2006.-
EXPTE.Nº 2646/2006-H.C.D
VISTO:
El pedido de prórroga de las concesiones de las líneas de transporte urbano de pasajeros Nº 1, 4 y 5 que tramitan mediante expediente Nº 4864/04, y
CONSIDERANDO:
Que las concesiones del servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros de las líneas 1, 4 y 5, otorgadas mediante Decreto Nº 677/96, del 5 de agosto de 1996, Nº 114/97 del 4 de febrero de 1997 y Nº 689/96 del 8 de agosto de 1996, y prorrogadas mediante Decretos Nº 79/2005, 80/2005 y 81/2005 se encuentran próximas a su vencimiento.
Que las empresas concesionarias, mediante nota obrante en el expediente de referencia han solicitado una nueva prórroga de los contratos licitatorios, a su vencimiento, enumerando una serie de circunstancias de orden general que han tenido que sufrir durante la vigencia de la concesión, ajenas a las empresas, totalmente imprevisibles y que han excedido holgadamente el riesgo empresario estimado al momento de la contratación.
Que la crisis del sector ha sido paliada en alguna medida por el Estado Nacional, mediante la entrega de subsidios y gas oíl diferenciado, sin embargo, las empresas no han logrado a la fecha recuperar la inversión, con el riesgo de perder en cualquier momento el auxilio estatal y encontrarse en total desamparo, peligrando la fuente laboral a lo que debe sumarse que recién en el año en curso se reconoció un aumento en el boleto.
Que la Dirección de Tránsito a fs.6 se expide favorablemente respecto de la prórroga solicitada y agrega los informes sobre la verificación técnica de las unidades afectadas al servicio, en situación normal, informando además que las empresas han prestado el servicio en forma ininterrumpida, cumpliendo con la frecuencia exigida.
Que el otorgamiento de la prórroga es potestad municipal, debiendo merituarse la eficiencia en la prestación del servicio y el acatamiento de las instrucciones impartidas.
Que la Dirección de Tránsito ha informado que las empresas prestatarias del servicio de transporte urbano de pasajeros han cumplido con el servicio en forma ininterrumpida, afrontando la crisis del sector, garantizando la prestación del servicio, habiendo cumplido con las frecuencias mínimas exigidas y conservado en perfecto estado de funcionamiento las unidades afectadas al servicio, expidiéndose favorablemente por la prórroga de las concesiones a su
ORDENANZA Nº 10945/2006.-
vencimiento, opinando que las condiciones de un nuevo llamado a licitación deberán ser evaluadas por la próxima gestión de gobierno.
Que asimismo, a pesar de los vencimientos de los contratos de licitación, resulta ineludible para esta administración garantizar la prestación del servicio, en miras de satisfacer una de las tantas necesidades básicas de la comunidad como es el transporte, por lo que la prórroga se hace necesaria, merituando la calidad del servicio prestado por cada empresa y el esfuerzo evidenciado para sostenerla, garantizando la fuente laboral durante años de difícil realidad económica.
Que por las razones expuestas, este Honorable Concejo Deliberante considera oportuno conceder una nueva prórroga contractual a la empresa Autotransporte 1º de Agosto para la explotación del servicio público urbano de pasajeros Líneas 1 y 4 y a la empresa “El Verde S.R.L” para la explotación del servicio urbano de pasajeros Línea 5, por el término de tres años, contados desde el vencimiento de las respectivas prórrogas otorgadas oportunamente a cada una de las empresas mediante los Decretos 79/2005, 80/2005 y 81/2005.
Que hasta la finalización de la concesión, las empresas podrán afectar las unidades actualmente en circulación, habilitadas para el servicio de la líneas 1, 4 y 5 respectivamente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- PRORROGASE el contrato de concesión de explotación del Servicio Urbano de Pasajeros denominado Línea 1 suscripto entre la Municipalidad de Gualeguaychú y la empresa Autotransporte 1º de Agosto, por el término de tres años, a partir del 8 de febrero de 2007.
ART.2º.- PRORROGASE el contrato de Concesión de Explotación del Servicio Urbano de Pasajeros denominado Línea 4 suscripto entre la Municipalidad de Gualeguaychú y la empresa Autotransporte 1º de Agosto, por el término de tres años a partir del 3 de octubre de 2006.
ART.3º.- PRORROGASE el contrato de concesión de explotación del Servicio Urbano de Pasajeros denominado Línea 5 suscripto entre la Municipalidad de
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Gualeguaychú y el Sr. Antonio Damián Lambrusqui, hoy Empresa “El Verde S.R.L” por el término de tres años, a partir del 21 de agosto de 2006.
ART.4º.- HASTA la finalización de la concesión las empresas podrán afectar las unidades actualmente en circulación habilitadas al servicio público de cada línea respectivamente.
ART.5º.- ESTABLÉCESE como condición para la continuidad de la concesión, la presentación de un proyecto integral de renovación del servicio al finalizar el primer año, e incorporar y/o modificar algunos trayectos acordados con la Dirección de Tránsito, a partir de la aprobación de la presente Ordenanza.
ART.6º.-NOTIFIQUESE a las empresas con copia de la presente.
ART.7º.- COMUNÍQUESE, ETC.....
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 26 de octubre de 2006.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.