Ordenanzas - Creacion de Banca Abierta


ORDENANZA Nº 10524/2001.

EXPTE.Nº 222/2000-H.C.D.

 

 

VISTO:

La ausencia de un espacio donde los vecinos y las instituciones intermedias de nuestra ciudad, interesadas en el progreso, puedan participar directamente dentro del Honorable Concejo Deliberante.

 

CONSIDERANDO:

Que la reforma llevada a cabo en el Constitución Nacional en el año 1994, incorporó nuevos derechos que redundan en la posibilidad de una mayor participación por parte de los ciudadanos en diferentes actos de gobierno.

Que conforme este espíritu, es necesario adecuar las instituciones para permitir la participación directa de la comunidad, que posibilite la formulación de propuestas y problemas directamente ante este Honorable Cuerpo.

Que en la actualidad, el Honorable Concejo Deliberante carece de un espacio formal donde los ciudadanos puedan expresarse directamente, por lo que resulta conveniente la creación de una figura dentro de este Cuerpo que contemple dicha cuestión.

Que dicho espacio tiene que ser abierto, participativo, además de generar un medio ágil y permanente para la recepción de propuestas que surjan de los vecinos e instituciones de la comunidad.

Que debe promover una mejor comunicación entre los vecinos, instituciones y el Honorable Concejo Deliberante, y que la misma sea en forma orgánica y pública, tomando conocimiento de temas puntuales y específicos, además de contribuir a la difusión de los temas de interés comunitario que desde allí sean abordados.

Que también permitirá estimular la atención y debate por parte del Honorable Concejo Deliberante, sobre temas que la comunidad promueva como propios.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

ORDENANZA Nº 10524/2001.-

 

 

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CREASE en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San José de Gualeguaychú, la “Banca Abierta”, para la formulación de inquietudes, propuestas de competencia de este Cuerpo, quedando expresamente excluidos debates y exposiciones de carácter ideológico o político partidario.

ART.2º.- PODRAN acceder a la “Banca Abierta” todas las personas que lo soliciten, mayores de 18 años y que tengan domicilio real en nuestra ciudad.

ART.3º.- LAS solicitudes para acceder a la “Banca Abierta” serán realizadas por los interesados por escrito ante la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, estipulándose su tratamiento en los períodos de Sesiones Ordinarias de este Cuerpo, a través de un formulario preimpreso y numerado previsto por la misma, el cual deberá contener como mínimo los siguientes datos:

  1. Apellido y Nombre, tipo y número de documento y domicilio de los solicitantes y/o representantes cuando actúen en nombre de una institución, debiendo adjuntar en este último caso, la autorización de la misma para ser presentada conjuntamente con copia del instrumento constituido.

  2. Una descripción breve y precisa del tema a exponer y el tiempo estimado de dicha exposición.

  3. La manifestación expresa y firmada del compromiso de atenerse a las normas previstas para el acceso y utilización de la “Banca Abierta”.

  4. Conjuntamente deberá adjuntar el escrito de la formulación por la cual solicita la utilización de la “Banca Abierta”, agregando toda la documental respaldatoria que considere pertinente. Esta formulación podrá ser ampliada y/o modificada parcialmente hasta 24 horas de su exposición, cuando se hayan producido hechos que alteren los motivos que fundamentaron su presentación.

ART.4º.- LA Secretaría del Honorable Concejo Deliberante formará un expediente con cada solicitud, debiendo además, llevar un registro especial de las mismas, las que se volcarán en el orden cronológico en que se presenten sin que el mismo se pueda alterar.

 

 

 

ORDENANZA Nº 10524/2001.-

 

ART.5º.- EL Concejo reunido en Comisiones Conjuntas examinará la procedencia y admisibilidad del pedido, el cual podrá ser rechazado por la mayoría de los miembros del Cuerpo, cuando no contenga los requisitos mínimos requeridos o no coincida con los objetivos previstos para la utilización de la misma.

ART.6º.- LOS solicitantes harán uso de la “Banca Abierta” en el lugar donde se vaya a realizar la Sesión antes de su inicio, sin participar de la misma, en la cantidad y por el tiempo que se fije, no pudiendo ser el tiempo máximo de exposición mayor a los quince (15) minutos. Este tiempo podrá ampliarse a pedido del expositor con el acuerdo de la Presidencia y los Presidentes de Bloques.

ART.7º.- LAS exposiciones de la “Banca Abierta” gozarán de la misma jerarquía que la Sesión, siendo necesario contar con el quórum correspondiente y demás formalidades previstas en el Reglamento de este Cuerpo para el desarrollo de las Sesiones, debiendo adjuntarse la versión taquigráfica de lo expuesto en la “Banca Abierta”, como anexo a la de la Sesión.

ART.8º.- EL expositor hará uso de la palabra refiriéndose al tema mencionado en la solicitud, sin interrupciones y por el tiempo asignado. El secretario del Honorable Concejo Deliberante deberá comunicar al expositor cuando le reste tres (3) minutos para la finalización de la misma. Ningún miembro del Honorable Concejo Deliberante podrá entrar en debate y solo se podrán efectuar preguntas por intermedio del Presidente.

ART.9º.- NO se admitirán exposiciones sobre otros temas a los indicados en la solicitud, aún cuando se traten de simples opiniones. Tampoco se podrá volver a utilizarla dentro de los noventa (90) días, salvo que no existan inscriptos.

ART.10º.- EN el caso que el expositor no concurra en la fecha destinada para realizar su exposición en la “Banca Abierta”, el mismo no podrá formular un nuevo pedido durante ese año.

ART.11º.- LA formulación efectuada en la “Banca Abierta” deberá ser considerada en la Sesión que se desarrolle a continuación, deberá ser girada a las Comisiones correspondientes, las cuales deberán expedirse en el plazo de sesenta (60) días hábiles, plazo que podrá ser prorrogado por igual término.

 

 

ORDENANZA Nº 10524/2001.-

 

ART.12º.- TRANSCURRIDO el plazo previsto en el artículo anterior, el expositor podrá solicitar su tratamiento sin despacho, siendo el mismo de carácter obligatorio por parte del Honorable Concejo Deliberante en la próxima Sesión que tuviera lugar.

ART.13º.- EL turno de utilización de la “Banca Abierta” será otorgado por la Presidencia según el orden que surja del registro de solicitudes, teniendo como mínimo un (1) expositor (si existieran inscriptos) por cada sesión. La fecha asignada no podrá extenderse mas allá de los seis (6) meses de su presentación, debiendo comunicarse al interesado el lugar, fecha y hora de la exposición con una antelación mínima de cinco (5) días.

ART.14º.- EN forma excepcional, cuando la formulación efectuada tenga la relevancia o motivo de interés público que requiera su tratamiento en forma urgente, podrá otorgarse una fecha de exposición anterior a la que le correspondiera de acuerdo al orden de registro de solicitudes, agregándose dicha exposición a la lista prevista para la próxima Sesión.

Asimismo cuando las solicitudes se refieran a un mismo tema, la Presidencia con el acuerdo de los Presidentes de los Bloques, podrá agrupar las mismas para su exposición en un mismo día, siendo las mencionadas, las únicas causales para alterar el orden de otorgamiento de los turnos de exposición.

ART.15º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 3 DE AGOSTO DE 2001.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO PARA LA UTILIZACIÓN DE LA “BANCA ABIERTA”(Ordenanza Nº 10524/01)

 

 

APELLIDO Y NOMBRE:...................................................................................................................

 

TIPO Y Nº DE DOCUMENTO...........................................................................................................

 

DOMICILIO DEL SOLICITANTE Y/O REPRESENTANTE DE INSTITUCIÓN ACTUANTE..............................................................................................................................


 

BREVE DESCRIPCIÓN DEL TEMA A EXPONER Y TIEMPO DE DURACIÓN DE DICHA EXPOSICIÓN (Máximo 15 minutos)

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Declaro conocer que están expresamente excluidos en la utilización de la “Banca Abierta”, los debates y las exposiciones de carácter ideológico o político partidario.

 


 

....................................................

Firma

 

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