ORDENANZA Nº 11291/2009.-
EXPTE.Nº 3565/2009 – H.C.D.-
VISTO:
El Expte.Nº 3565/09, Caratulado : “ Nota presentada por el Sr. Jorge Alberto Cardinaux s/habilitación de remis”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicho expediente, el Sr. Jorge Alberto Cardinaux solicita a este Honorable Cuerpo, que por vía de excepción, se lo autorice a desempeñar funciones como remisero.
Que motiva tal requerimiento, el hecho de que según la normativa vigente, el mismo no podría seguir desarrollando la actividad mencionada, dada la antigüedad de su automóvil modelo 1997, a lo que debe agregarse que dicho vehículo no se halla radicado en nuestra ciudad, ni tampoco a nombre del recurrente, sino que dicha habilitación se encuentra a nombre del Sr. Ladislao Miño, D.N.I. 1.794.045.
Que este Cuerpo Legislativo considera justo y razonable hacer una excepción a la Ordenanza Nº 11207/08, (Regulatoria remises), para este caso en concreto, atento que la misma es su única fuente de ingreso, y que por razones de salud le es imposible laborar en relación de dependencia-.-
El solicitante ha acreditado mediante documental extendida por facultativos médicos, sufrir de insuficiencia renal crónica, circunstancia esta que habilita admitir la exención a la norma citada , haciéndose saber al recurrente que la misma se encuentra sujeta a la aprobación de la revisión técnica vehicular tal y como se ordena mediante el área de transporte público, dependiente de la Dirección de Tránsito Municipal
Que demostradas las extraordinarias circunstancias que motivan el pedido del Sr. Cardinaux, y la viabilidad de acceder a la excepción interesada, y en uso de sus facultades, este HCD resuelve favorablemente esta petición
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- EXCEPCIONASE de la aplicación de la Ordenanza Nº 11207/08 en lo que respecta al modelo del vehículo, al Sr. Jorge Alberto Cardinaux, D.N.I. Nº 12.372.715 por las causas y circunstancias expuestas en los considerandos de la presente., como asimismo exceptuarlo en lo que respecta a la radicación y titularidad del vehículo.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 10 de septiembre de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidente – Celia Amarillo, Secretaria Suplente.