ORDENANZA Nº 11240/2009.-
Expte.Nº 3473/2009-H.C.D.-
VISTO:
El expediente Nº 1901/06 Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento s/apertura trama vial – continuación calle Concordia”, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. de las presentes actuaciones obra Convenio de Donación con cargo para continuación de calle Concordia desde calle La Cantera hacia el Sur, suscripto entre esta Municipalidad y la Sra. Carolina Inés Ambrosia Churruarín de Schafer D.N.I. Nº 2.064.410 mediante el cual ésta dona a la Municipalidad una fracción de terreno de su propiedad, con una superficie de 760,82 que se desglosa de mayor superficie, sito en Departamento y ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Séptima, Manzana s/nº, calle de la Cantera s/nº, inscripto bajo matrícula Nº 114.517 año 1982, Partida Provincial Nº113.121, a su nombre, cuyos límites y linderos son: NOROESTE: mediante recta 1-2 al N 42º 05´E de 54,28 metros, linda con la misma titular. NORESTE: Línea recta 2-3 al S 49º 54´E de 13,00 metros linda con calle de la Cantera. SURESTE: Línea recta 3-4 al S 41º 51´O de 61,77 metros, linda con la misma titular y SUROESTE: Línea recta 4-1 al N 19º 56´O de 15,00 metros, linda con Humberto Carré, con cargo para la Municipalidad de Gualeguaychú de construir una nueva vivienda para la donante, en terreno lindero de su propiedad, de acuerdo al proyecto que forma parte integrante del acuerdo y obra en expediente Nº 1901/06.
Que asimismo a fs.32 de estas actuaciones obra Convenio Complementario de fecha 30 de enero de 2009, suscripto entre las mismas partes, mediante el cual ratifican todas las cláusulas y condiciones del Convenio de fecha 25 de septiembre de 2006 con excepción de la cláusula quinta del mismo el cual establece el plazo de ejecución de obra, y de común acuerdo establecen los trabajos faltantes para la terminación total de la nueva vivienda, comprometiéndose la Municipalidad a finalizar dichas tareas dentro del plazo de noventa días contados a partir de la fecha de suscripción.
ORDENANZA Nº 11240/2009.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGUENSE el Convenio de Donación con cargo de fecha 25 de septiembre de 2006 y el Convenio Complemantario de fecha 30 de enero de 2009 suscriptos entre esta Municipalidad de Gualeguaychú y la Sra. Carolina Inés Ambrosia Churruarín de Schafer, D.N.I. Nº 2.064.410.
ART.2º.- ACEPTAR la donación efectuada por Carolina Inés Ambrosia Churruarín de Schafer, D.N.I. Nº 2.064.410 de la fracción de terreno de su propiedad, con una superficie de 760,82 que se desglosa de mayor superficie, sito en Departamento y ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Séptima, manzana s/nº, calle de la Cantera s/nº, inscripto bajo matrícula Nº 114.517 año 1982, Partida Provincial Nº 113.121 a su nombre, cuyos límites y linderos son: NOROESTE: mediante recta 1-2 al N 42º 05´E de 54,28 metros, linda con la misma titular. NORESTE: Línea recta 2-3 al S 49º 54´ E de 13,00 metros linda con calle de la Cantera. SURESTE: Línea recta 3-4 al S 41º 51´O de 61,77 metros linda con la misma titular y SUROESTE: Línea recta 4-1 al N 19º 56´O de 15,00 metros, linda con Humberto Carré, la cual será utilizada para la apertura de calle Concordia desde calle de la Cantera hacia el Sur.
ART.3º.- ORDENASE la inscripción del referido inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble, de acuerdo a lo establecido por el Art.1810 del Código Civil.
ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 17 de abril de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.