Ordenanzas - Donacion y apertura de calle Sra Pereyra


ORDENANZA Nº11254/2009.-

EXPTE.Nº 3510/2009-H.C.D.

 

VISTO:

             La Ordenanza Nº 11182/08 dictada en expediente Nº 5002/08, Caratulado: “Secretaría de Planeamiento s/convenio de donación para apertura de calle pública propiedad de Pereyra Evarista Martina” , y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante tal Ordenanza,  este Honorable Concejo Deliberante homologó el Convenio de Donación suscripto entre las parte (Art.1º) y aceptó la donación de los inmuebles destinados a la apertura y continuación de calle pública del Barrio ATE I y reserva para futura apertura de otra (Art.2º).

                               Que a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art.3º de dicha Ordenanza, cual es la inscripción dominial de los inmuebles a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú mediante inscripción administrativa (Art.1810 del Código Civil) debe darse cumplimiento a determinados requisitos registrales como es la descripción de los datos catastrales,  conforme surgen del plano de mensura, con la mención al número de plano otorgado por la Dirección de Catastro Provincial.

                               Que a fin de su presentación ante el Registro de la Propiedad Inmueble,  y en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde rectificar el Art.2º de la Ordenanza Nº 11182/08.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUESE el Art.2º de la Ordenanza Nº11182/08 el cual quedará redactado de la siguiente manera: ART.1º.- ACEPTAR la donación efectuada por Evarista Martina Pereyra, de dos fracciones de terreno sitas en Municipio de Gualeguaychú, Sección Séptima, Manzana Nº 2.047.

Fracción Nº 1: Plano Nº 76.219, Partida Provincial 51.456 y 50381, lote Nº 1, domicilio parcelario calle J.J. Nágera s/nº,

 

 

ORDENANZA Nº 11254/2009.-

 

 inscripto en el Registro de la Propiedad bajo matrícula 115.055 (en 16.5.2006) y matrícula 116.148 (en 16.5.2006) con intervención de la escribana María Inés Boari, con una superficie de 2.036,40 m2, cuyos límites y linderos son : tres rectas alambradas y amojonadas a saber: (1-2) al N 85º 45´E de 13,00 metros lindando con Rodolfo Ramón Medina, (2-3) al S 4º 28´E de 20,64 metros y (3-4) al N 86º 29´E de 123,08 metros, ambas lindando con más propiedad de Evarista Martina Pereyra. Este: recta (4-5) amojonada al S 2º 03´E de 13,00  metros linda con calle J.J.Nágera. Sur: Recta (5-9) alambrada y amojonada hasta los 122,50 metros y el resto amojonada al S 86º 29´O de 135,50 metros en total lindando con más propiedad de Evarista Martina Pereyra hasta los 122,50 y el resto amojonada al S 86º 29´O de 135,50 metros en total lindando con más propiedad de Evarista Martina Pereyra hasta los 122,50 metros y el resto con lote Nº2 de Evarista Martina Pereyra. Oeste: Recta (9-1) alambrada y amojonada al N 4º 30´O de 33,50 metros en total lindando con Asociación de Trabajadores del Estado hasta los 15,99 metros y el resto con calle Maestro Alfredo Bravo. Partida 150.803.

FRACCION Nº2: Plano Nº 76.220, Partida Provincial 50381, lote Nº2, domicilio parcelario lote interno, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo matrícula 116.148 (en 16.5.2006) con intervención de la Escribana María Inés Boari, con una superficie de 265,00 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (9-6)amojonada al N 86º 29´E de 13,00 metros, linda con lote Nº1 de Evarista Martina Pereyra. ESTE: Recta (6-7) alambrada y amojonada al S 4º 28´E de 20,56 metros linda con más propiedad de Evarista Martina Pereyra. Sur: Recta (7-8) alambrada y amojonada al S 88º 09´O de 13,02 metros linda con Ricardo E. Molinari y Otro. Y Oeste:  Recta (8-9) alambrada y amojonada al N 4º 30´O de 20,18 metros en total, lindando con Luis María Carro Bentancourt hasta los 12,00 metros y el resto con Asociación de Trabajadores del Estado . Partida 150.804.

ART.2º.- ORDENAR la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art.1810 del Código Civil.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 21 de mayo de 2009.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

ORDENANZA Nº11287/2009.-

EXPTE.Nº 3588/2009-H.C.D.

 

 

VISTO:

          La Ordenanza Nº 11254/09 dictada en Expte.Nº 5002/08 Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento s/convenio de donación para  apertura de calle pública – propiedad Pereyra Evarista Martina”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en fecha 8 de junio de 2009 el Departamento Ejecutivo Municipal remitió al Registro de la Propiedad Inmueble, solicitud de inscripción a favor de esta Municipalidad de dos fracciones de terreno donadas por Evarista Martina Pereyra para ser afectadas a calle pública del Barrio ATE I y reserva para futura apertura de otra calle pública.

                               Que el Registro de la Propiedad Inmueble ha efectuado una observación a dicha inscripción, consistente en haberse omitido en el documento a inscribir (Ordenanza Nº 11254/09) detallar la superficie que se toma de cada antecedente dominial los cuales obran en el ítem “Observaciones” de la Ficha de Transferencia presentada.

                               Que a efectos de proceder a la inscripción definitiva del inmueble a favor de esta Municipalidad, procede el dictado de una Ordenanza rectificatoria del Art.1º de la Ordenanza Nº 11254/09 que contemple la observación formulada.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUESE el Art.1º de la Ordenanza Nº 11254/2009 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ Art.1º.- ACEPTAR la donación efectuada por Evarista Martina Pereyra, de dos fracciones de terreno sitas en Municipio de Gualeguaychú, Sección Séptima, Manzana Nº 2.047.

FRACCION Nº 1: Plano Nº 76219, Partida Provincial 51.456 y 50381, lote Nº 1 domicilio parcelario calle J.J.Nágera s/nº, inscripto en el Registro de la propiedad bajo Matrícula 115.055 (16/5/2006) y Matrícula 116.148 (en 16/05/2006) con intervención de la escribana  María Inés Boari, con una superficie de 2.036,40 m2 cuyos límites y linderos son: tres rectas alambradas y amojonadas a saber: (1-2) al N 85º 45´E de 13,00 metros lindando con Rodolfo Ramón Medina, (2-3) al S 4º 28´E de 20,64 metros y (3-4) al N 86º 29´E de 123,08, ambas lindando con mas propiedad de Evarista Martina Pereyra. ESTE: Recta (4-5) amojonada al S 2º 03´E de 13,00 metros linda con calle J.J.Nágera. SUR: recta (5-9) alambrada y amojonada hasta los 122,50 metros y el resto amojonada al S 86º 29´O de 135,50 metros en total lindando con más propiedad de Evarista Martina Pereyra hasta los 122,50 metros y el resto con lote Nº2 de Evarista Martina Pereyra. OESTE: Recta (9-1) alambrada y amojonada al N 4º 30´O de 33,50 metros en total lindando con Asociación de Trabajadores del Estado hasta los 15,99 metros y el resto con calle Maestro Alfredo Bravo. Partida 150.803. La superficie de 2.036,40 m2 toma 125,00 m2 del título Nº 1 (Mat. 115.055) y 933,00 m2 con un exceso de 978,40 m2 del título Nº 2 (Mat. 116.148).

FRACCION Nº2: Plano Nº 76220, Partida Provincial 50.381, lote Nº2 , domicilio parcelario lote interno, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula 116.148 (en 16/5/2006) con intervención de la Escribana María Inés Boari, con una superficie de 265,00 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (9-6) amojonada al N 86º 29´E de 13,00 metros linda con lote Nº1 de Evarista Martina Pereyra. ESTE: Recta (6-7) alambrada y amojonada al S 4º 28´E de 20,56 metros, linda con más propiedad de Evarista Martina Pereyra…SUR: recta (7-8) alambrada y amojonada al S 88º 09´O de 13,02 metros, linda con Ricardo E. Molinari y Otro, y OESTE: recta (8-9) alambrada y amojonada al N 4º 30´O de 20,18 metros en total, lindando con Luis María Carro Bentancourt hasta los 12,00 metros y el resto con Asociación Trabajadores del Estado. Partida 150.804. Los 265,00 m2 se toman de la superficie del título matrícula 116.148.

ART.2º.- ORDENAR la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 1810 del Código Civil.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 27 de agosto de 2009.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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