Ordenanzas - Creación del comité de COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS


ORDENANZA Nº 10675/2004.-

EXPTE.Nº 1711/2003-H.C.D.

 

 

VISTO:

          La necesidad de encontrar mecanismos administrativos que permitan agilizar la adquisición de los materiales que se necesitan para concluir con el Programa “Gualeguaychú 1000 Viviendas”.

 

CONSIDERANDO:

                               Que en oportunidad de la compra de insumos con fondos provenientes de los certificados de obra del Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda, se creo un Comité de Compras a fin de acceder a los materiales para llevar a cabo el programa en “Gualeguaychú 1000 Viviendas” en forma rápida pero transparente a la vez y a un precio razonable.

                               Que en esta oportunidad y a fin de acortar los plazos de finalización de las obras, resulta aconsejable dotar a la administración de un mecanismo de compras que resulte ágil, transparente y seguro, por lo que se debería crear un Comité de Compras con la intervención de los funcionarios del Departamento Ejecutivo y Concejales representantes de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante, dotándolos de la facultad de llevar adelante un procedimiento especial de compras.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CREASE un “COMITÉ DE COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS” en el marco del programa “Gualeguaychú 1000 Viviendas” quien tendrá facultad para realizar las compras de bienes de consumo necesarios para la culminación de las obras del referido programa, conforme a lo legislado en la presente Ordenanza.

ART.2º.- EL “COMITÉ DE COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS” se integrará de la siguiente manera:

  • Un concejal de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante.
  • La Directora de la Dirección de Adquisiciones y Suministros en representación de la Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad de Gualeguaychú.
  • Un abogado/a en representación de la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Gualeguaychú.
  • Un profesional técnico en representación de la Dirección de Viviendas de la Municipalidad de Gualeguaychú.

ART.3º.- SE determina que el procedimiento de contratación para la adquisición de los insumos a afectar a la obra “Gualeguaychú 1000 Viviendas” será el siguiente:

ORDENANZA Nº 10675/2004.-

 

  1. La Dirección de Viviendas confeccionará el/los Pliegos de Condiciones con las especificaciones técnicas de los insumos que requiere y lo elevará a la Dirección de Adquisiciones y Suministros Municipal.
  2. La Dirección de Adquisiciones y Suministros invitará, de ser posible, al menos tres oferentes de cada rubro para que coticen en el plazo establecido en el pliego, atento a la urgencia  que se tenga de aprovisionamiento.
  3. Los oferentes presentarán las propuestas en sobre cerrado de acuerdo a lo especificado en pliegos por ante la Dirección de Adquisiciones y Suministros en la fecha y hora establecida.
  4. La apertura de sobres se realizará en presencia de todos los miembros representantes  del Poder Ejecutivo, de los dos tercios de los representantes del Honorable Concejo Deliberante y de los oferentes que así lo deseen, debiendo labrarse acta de dicho acto.
  5. El COMITÉ DE COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS confeccionará la Planilla Comparativa de las Ofertas, y la Dirección de Viviendas elaborará un Informe Técnico con la evaluación de la propuestas, sugiriendo, de considerarlo así, el o los rubros a adjudicar a los oferentes.
  6. El COMITÉ DE COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS adjudicará el/los rubros en cuestión a quien considere la oferta más conveniente fundando dicha adjudicación en el Acta de Adjudicación que será refrendada por todos los integrantes del “COMITÉ DE COMPRAS PARA EL AREA VIVIENDAS”.

ART.4º.- FIJASE el plazo de duración de este régimen especial de contratación hasta el día 9 de diciembre de 2004.

ART.5º.- COMUNÍQUESE, ETC..

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 12 DE FEBRERO DE 2004.

HECTOR de la FUENTE, PRESIDENTE– JUAN I. LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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