Ordenanzas - Donación de terreno al Sr. Suárez


ORDENANZA Nº 11657/2011.-

EXPTE.Nº 4528/2011-H.C.D.

 

 

VISTO:

 

           El Expte. Nº 4528/2011, Caratulado: “PROYECTO DE ORDENANZA REMITIDO POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO S/ DONACION DE TERRENO AL SR. JUAN JOSE SUAREZ”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el “Programa Mejoramiento de Barrios” auspiciado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación - Subsecretaría de Vivienda, está contenido en el Plan de Desarrollo Urbano, y se lleva a cabo como parte del proyecto de recuperación de áreas deprimidas insertas en la estructura urbana, que tienen la particularidad de estar próximas a zonas de interés turístico-recreativo.

Que esta Municipalidad ha accedido a dicho programa mediante la firma de un Convenio suscripto con la Provincia de Entre Ríos el cual fue precedido por un plan de mejoramiento que abarca un sector de los barrios Pueblo Nuevo y Munilla.

         Que uno de los objetivos del Programa consiste en lograr la interacción y compromiso de los  diferentes  sectores de la comunidad, en la inclusión de  los grupos socialmente excluidos.

Que este proyecto permitirá la implementación de diversos mecanismos de recuperación en el plano social, físico y ambiental, posibilitando la integración de los sectores más débiles a la comunidad, positivamente, a partir de sus propias organizaciones.

         Que de acuerdo a disposiciones establecidas en el propio Reglamento Operativo del Programa, las obras, bienes o servicios específicos que se realicen con financiamiento del mismo, son de carácter integrado, entendiéndose como tal las actividades que operan en diferentes campos en forma articulada y concurrente a una misma finalidad, cual es mejorar la calidad de vida de la población beneficiaria con eficacia y eficiencia, garantizando la sustentabilidad del proyecto.

         Que dentro de los “Objetivos y Descripción del Programa” se encuentra el item “Acciones de intervención legal dirigidas a los beneficiarios”, la cual comprende la asistencia técnico legal para la legalización del dominio de la tierra, es decir, para la resolución de los posibles conflictos legales derivados del trámite de regularización

ORDENANZA Nº 11657/2011.-

 

dominial de las parcelas, recomendando que se lleven a cabo las medidas necesarias para su solución.

         Que en este sentido, la Dirección de Asuntos Legales autorizada por Decreto 853/00, inició las acciones  tendientes a posibilitar  la regularización dominial de varios lotes comprendidos en la zona de intervención Barrio Munilla, por aplicación del procedimiento previsto en la Ley Nacional 24.320, que autoriza a declarar operada la prescripción adquisitiva del dominio a favor de los Municipios, conforme lo dispuesto en el artículo 4015º del Código Civil Argentino.

         Que a dichos efectos se dio inicio al presente expediente administrativo y por Decreto Nº 474/2007 se declaró operada la prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú, del inmueble sito en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana 598, domicilio parcelario Monseñor Chalup Nº 533, Plano Nº 71.428, superficie 264,05 m2.

Que posteriormente, en fecha 4 de agosto de 2011, el bien fue inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Municipalidad de Gualeguaychú,   bajo Matrícula Nº 141.595.

         Que asimismo, en el predio descripto existe una tenencia de larga data, la cual  se intenta regularizar a través de las acciones previstas en el Plan de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA), adjudicándolo mediante donación, a quien lo ha ocupado reconociendo la posesión de esta Municipalidad, el Señor Juan José SUAREZ, DNI Nº 4.532.844, procediendo a la transmisión de dicho inmueble mediante escritura traslativa de dominio.                 

Que según lo dispuesto por el artículo 95º inc. t) de la Ley Nº 10.027 surge necesario el dictado de una Ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio.

 

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11657/2011.-

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a adjudicar en carácter de donación, el predio de propiedad municipal ubicado Planta Urbana, Sección Primera, Manzana 598, domicilio parcelario Monseñor Chalup Nº 533, Plano Nº 71.428, superficie 264,05 m2, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 141.595  en fecha 4 de Agosto de 2011.

ART.2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio del inmueble que se describe en el artículo precedente a favor del Señor Juan José SUAREZ, DNI Nº 4.532.844.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 22 de diciembre de 2011.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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