ORDENANZA NRO.10160/96.-
EXPTE.NRO. 9919/96-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nro.9906/95; y
CONSIDERANDO:
Que dichas actuaciones elevadas por el
Departamento Ejecutivo Municipal fueron iniciadas con el objeto de compulsar la opinio`n de distintas Instituciones de la ciudad respecto de la localizacio`n de la nueva Terminal de Omnibus que Gualeguaychú necesita.
Que además, el Departamento Ejecutivo acatando la Resolución Nro.24/95 del Honorable Concejo Deliberante, convocó - por Decreto Nro. 693/95 - al Consejo Consultivo de Planeamiento, el que, a su labor desplegada ya en los años 91/94 sumo una nueva serie de reuniones, expidiéndose en fecha 21 de Noviembre de 1995 mediante un dictámen, pautando una serie de puntos que debe reunir el predio en el cual se relocalizaría la terminal.
Que asimismo, el Consejo Consultivo de
Planeamiento acordó como preferible para el nuevo emplazamiento una zona delimitada al norte por la prolongación de la Ruta Nro.136, al este la Avda. Primera Junta, al sur el Bvard. 2 de Abril y al Oeste Bvard. Daneri; sin que dichas pautas implicaran la exclusión de otras zonas que eventualmente reunieran las condiciones con que cuenta la primera.
Que efectuado un análisis de lo actuado por el organismo asesor, sin duda alguna, el emplazamiento de la obra en la zona norte, se encuentra sustentado implícitamente en el supuesto de la concreción de la obra "prolongación de la Ruta Nro. 136.
Que no obstante ello, considerando las
dificultades por las que ha atravesado el anterior Gobierno
Municipal para concretar y culminar la obra del Acceso Sur, y teniendo en cuenta el ajuste presupuestario que se realiza tanto a nivel nacional como provincial, se considera de muy compleja concreción la obra del acceso norte de la ciudad en plazo relativamente razonable, circunstancia ésta que debilita ostensiblemente la preferencia esbozada por el Consejo de marras. Debiendo
destacarse que en forma alguna dicha circunstancia constituye un óbice a fin de retomar e inciar gestiones en diversos ámbitos de gobierno tendientes a la cristalización de la obra en cuestión.
Que teniendo estrictamente en cuenta las pautas que debe reunir el fundo en el cual se instalará la Terminal, se puede observar que en la zona de influencia del Acceso Sur,existen variedad de tierras aptas para éste emprendimiento, concluyéndose con los mismos argumentos expuestos por el organismo de consulta, que aquella zona resulta recomendable para encarar allí el proyecto.
Así, puede afirmarse que la zona sur cumplimenta acabadamente variados requisitos - Entre éstos últimos pueden mencionarse:
1) La existencia de escala semipeatonal; 2) Optima accesisibilidad a la zona desde rutas interurbanas, constituyendo el actual "Acceso Sur" el camino ma`s directo y de menos extensión para el transporte de mediana y larga distancia, que en un número aproximado al 80 % tienen por destino o procedencia la Capital Federal, Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Paraná. Gualeguay, etc..lo que significa que naturalmente el emplazamiento de la Terminal en la Zona Sur favorecerá a éstos servicios en accesibilidad, distancia y tiempo; 3) Ingreso a la ciudad con potencialidad de embellecimiento e imagen de un paisaje que traduce perfiles de dinámica y pujante actividad económico-productiva; 4) Rápidos accesos desde el centro de la ciudad, como son fundamentalmente la Avda. Del Valle y Bvard. Pedro Jurado, éste último de inminente pavimentación; 5) Comunicación directa con las zonas turísticas de Gualeguaychú, como lo son el "Cuadro de la
Estación" - futuro circuito del "Carnaval", "Corredor Ferroviario" - actualmente en ejecución, la Costanera, el río, el puerto, los balnearios, etc; 6) Inminente extensión a la zona de la prestación de servicios esenciales como lo son el agua y la cloaca; 7) Junto a los servicios enumerados de pronta ejecución se suma la previsión de la optimización del alumbrado público en la zona; 8) La escasa distancia a una sección policial, como también a un centro de salud - Dispensario del Suburbio Sur - y al Hospital local; 9) La zona que alienta este proyecto, cuenta con baja densidad de edificación actual que la hace pasible de amplias posibilidades de regulación en la materia por parte de la comuna y posibilita transformarla en un centro con atracción propia; 10) La creciente densidad poblacional de Suburbio Sur, el emplazamiento de los Barrios Fonavi, el destacable impulso que de un tiempo a esta parte ha experimentado la Avda. Del Valle, como el potencial crecimiento de la zona identificada como Barrio "La Milagrosa" dan testimonio de una tendencia natural de expansión urbana hacia el suroeste de la ciudad, evitando la marginalidad de la futura Terminal; 11) Por lo anteriormente desarrollado se concluye en la real posibilidad que en la zona de la nueva Terminal se genere un movimiento económico y un polo de desarrollo urbano que beneficie a aquella populosa barriada y contribuya a la rentabilidad del emprendimiento para el inversor.
Que en virtud de lo expuesto, las pautas esgrimidas por el Consejo Consultivo de Planeamiento se respetan, aún cuando su opinión no resulte vinculante - Art.3ro. de la Ordenanza Nro.9540/91 - dado que el pautado especificado para la elección del terreno, deberá ser tenido en cuenta al momento de fijar el lugar preciso de emplazamiento de la obra en cuestión.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.-DISPONESE que la Nueva Terminal de Omnibus de la Ciudad de Gualeguaychú debe emplazarse en la zona de influencia del Acceso Sur, en una franja de aproximadamente 200 mts. a ambos lados del mismo y de su prolongación como calle Julio Irazusta, entre Bvard.Martínez y el Corredor Ferroviario; y 200 mts. a ambos lados del Bvard.Pedro Jurado, entre calle Irazusta y Monseñor Angelelli, conforme se ilustra en plano adjunto.
ART.2.-A los efectos de que este Honorable Cuerpo determine con precisión el fundo más apto para la construcción de la Nueva Terminal de Omnibus de Gualeguaychú, el Departamento Ejecutivo Municipal elevará a éste Honorable Concejo Deliberante,detallado estudio indicando: qué predios, dentro del radio delimitado en el artículo primero de presente, reúne los requisitos exigibles para aquellos fines, especificando costos de cada uno de ellos; disposición de venta de parte de sus propietarios; más un dictámen señalado, desde el punto de vista arquitectónico y urbanístico, cual es el predio de mejores características para éste emplazamiento.
ART.3.-COMUNIQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES, GUALEGUAYCHU, 2 DE FEBRERO DE 1996.
JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL, QUE CERTIFICO.