ORDENANZA Nº 11237/2009.
EXPTE.Nº 3487/2009-H.C.D.-
VISTO:
El Decreto Nacional Nº 206/09, por medio del cuál se crea el Fondo Federal Solidario ; y
CONSIDERANDO:
El Decreto Provincial Nº 758/09, por medio del cual se dispone la adhesión de la Provincia al Decreto Nº 206 PEN de fecha 19 de marzo de 2009.
Que el Art. 2º del Decreto Provincial Nº 758/09 establece la afectación de los recursos del Fondo Federal Solidario, para financiar obras que contribuyan a mejorar la infraestructura sanitaria, hospitalaria, de vivienda o vial, en ámbitos urbanos o rurales del territorio provincial.
Que el Art. 3º del Decreto Provincial Nº 758/09 dispone que corresponderá distribuir entre los municipios entrerrianos, utilizando los índices de Coparticipación de Impuestos Nacionales calculados de acuerdo a la Ley Provincia Nº 8492 y sus modificatorias, el treinta por ciento (30%) de los recursos que le correspondan al Estado Provincial del Fondo Federal Solidario.
Que el mencionado artículo dispone que los Municipios deberán sancionar una norma de adhesión al Fondo Federal Solidario y al Decreto Provincial Nº 758/09.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- ADHIERASE la Municipalidad de Gualeguaychú al Fondo Federal Solidario creado por Decreto Nacional Nº 206/09 y al Decreto Provincial Nº 758/09, conforme a lo expresado en los considerandos de la presente.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 14 de abril de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidente – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.