Ordenanzas - El Decreto Ad Referéndum Nro. 1958/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.


ORDENANZA Nº 12.185/2017.-

EXPTE.Nº 6107/2017-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 1958/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 1958/2017 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 13 de diciembre de 2017.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 1958/2017

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 1º de agosto de 2017

 

         VISTO: La Ordenanza 12.074/2016 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2017; y

         CONSIDERANDO:

         Que se ha registrado el ingreso Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitarias de Personas Mayores - Bien Activos para promover el acceso a la actividad física y recreativa de las personas mayores.

         Que el Ministerio de Desarrollo de la Provincia ha actualizado los valores asignados para los comedores infantiles.

         Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iniciales, y correspondientes al programa: “Ingresos por Atención Plan Nacer”.

         Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron en las Disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria pertinente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

         Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

         Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 172000 Transferencias Corrientes de la Administración Nacional – 17.2.01.14 Programa Federal Educación, Cultura y Comun. Personas Mayores en la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL ($ 39.000,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL ($ 39.000,00) dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 1750100 Transferencias Corrientes – De gobiernos e instituciones provinciales y municipales – De gobiernos provinciales 17.5.01.01 Racionamiento comedores en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00).

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Transferencias en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 452.000,00), provenientes de recursos no invertidos del programa Ingresos por atención Plan Nacer.

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 452.000,00) de la Apertura Programática 27.00.00Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 7º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS ($ 17.844.962,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 8º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando dentro de la dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno, dentro de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00); dentro de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 58.000,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL ($ 129.000,00); dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 295.000,00); dentro de la Apertura Programática 20.00.00 Dirección de Asuntos Legales, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 262.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda y de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas, la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL ($ 71.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 204.500,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 796.000,00); dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL ($ 198.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 2.746.000,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 85.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 449.000,00); dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS ONCE MIL ($ 11.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL ($ 133.000,00); dentro de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura, la partida Transferencias en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00); dentro de la Apertura Programática 31.00.00 Dirección de Deportes, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL ($ 142.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($ 1.354.700,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($ 57.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00); dentro de la Apertura Programática 32.00.00 Dirección de Empleo y Economía Social la partida Transferencias en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL ($ 341.000,00); dentro de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL ($ 577.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 149.000,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL ($ 327.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos y de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHO MIL ($ 1.408.000,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS ($ 1.781.900,00); dentro de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ($ 456.700,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN NOVENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 1.090.262,00); dentro de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00); dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 482.500,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 2.172.900,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL QUINIENTOS ($ 118.500,00); dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), dentro de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL ($ 62.000,00), dentro de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($ 1.400.000,00), la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS VEINTIÚN MIL ($ 21.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00).

ARTÍCULO 9º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Presidencia, la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 78.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno y dentro de la partida Transferencias, la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional; dentro de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS ($ 1.900,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Transferencias; dentro de la Apertura Programática 20.00.00 Dirección de Asuntos Legales la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 11º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 76.200,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo.

ARTÍCULO 12º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL CIEN ($ 204.100,00) a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS ($ 12.900,00) y a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($ 191.200,00).

ARTÍCULO 13º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos y dentro de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos; dentro de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL ($ 136.000,00); dentro de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) de la partida Bienes de Consumo la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) de la partida Bienes de Consumo la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL ($ 136.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la partida Servicios no Personales, la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos; la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL ($ 41.000,00) de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas, a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) y a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS VEINTIÚN MIL ($ 21.000,00), ambas dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 14º TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana y de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 1.372.855,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Transferencias, la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 1.565.564,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS  DIECINUEVE MIL ($ 19.000,00) y a la partida Transferencias la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 1.546.564,00).

ARTÍCULO 15º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la partida Transferencias, la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva a la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas; dentro de la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas la suma de PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Bienes de Uso.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TRECE MIL ($ 13.000,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular; dentro de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo.

ARTÍCULO 17º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

    IGNACIO JOSÉ FARFÁN                                          ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

    Secretario de Gobierno                                         Presidente Municipal

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