Ordenanzas - Requisito de Técnico Docente en Minoridad o equivalente para vacantes


 

ORDENANZA NRO.10181/96.-

EXPTE.NRO.9980/96-H.C.D.

 

 

 

 

VISTO:

La existencia en nuestra ciudad de la carrera "Técnico

Docente en Minoridad" y

 

CONSIDERANDO:

Que nuestro Municipio por medio del dictado de

la Ordenanza Nro. 8689,/89 consagró de "Interés Municipal" la defensa de los Derechos del Niño.

Que es prioritario, contar con profesionales preparados para el trabajo con niños, máxime que en el ámbito municipal se desarrollan distintas actividades con chicos de distintas edades, ya sea por medio de las guarderías, comedores, colonias, torneos deportivos, etc.

Que en virtud de lo descripto precedentemente, se debe tener muy en cuenta en el momento de la contratación y/o nombramiento de personal que esté directa o indirectamente trabajando con niños, a los egresados del ISPED, que cuenten con el título técnico en Minoridad.

Que es necesario incorporar en el Título Segundo, Inc. c) de la Ordenanza Nro. 8169/86, modificatoria del Estatuto de Empleados y Obreros municipales, en cuanto al reconocimiento de la bonificacio`n por título, agregando en la parte final del mismo: "Técnico Docente en Minoridad".

Que en caso de producirse una vacante en algún organismo municipal relacionado con la minoridad, cuando se requiera para esta función una cierta especialización, sea excluyente el poseer título habilitante para desempeñar tal cargo.

Que procediendo de esta manera no estaríamos

haciendo nada más y nada menos que dando la oportunidad a quienes se prepararon para esa difícil tarea.

 

 

 

 

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

 

DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1.-ESTABLECESE que las vacantes que se produzcan en la planta de personal de los organismos municipales para el desarrollo de tareas vinculadas con la minoridad, sean cubiertas mediante el sistema de ingreso regulado en el Capítulo VII de la Ordenanza Nro. 8169/86, exigiéndose cuando la función a cumplir así lo determine, título de Técnico Docente en Minoridad o equivalente, expedido por establecimientos educativos públicos o privados.

ART.2.-ASIGNESE prioridad en el ingreso a la planta de personal municipal de conformidad a lo establecido en el Art.1ro. de ésta Ordenanza, a todos quienes presenten el Título Técnico Docente en Minoridad expedido por el "ISPED" Gualeguaychú.

ART.3.-INCORPORESE al título 2do, Inc. "b" de la Ordenanza Nro.8169/86, modificatoria del Estatuto de Empleados y Obreros Municipales, en cuanto al reconocimiento de títulos y el pago por bonificación, el párrafo siguiente : "Técnico Docente en Minoridad ", "Profesor de Enseñanza Especial", "Profesor de Nivel Inicial", "Profesor de Actividades Plásticas y Prácticas".

ART.4.-COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 19 DE ABRIL DE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL