ORDENANZA Nº 11639/2011.-
EXPTE.Nº 4284/2011-H.C.D.
VISTO:
El Expte.Nº 4284/2011, Caratulado: “ Nota Presentada por Clubes Juventud Unida y Racing Club, s/renovación concesión”
CONSIDERANDO:
Que con fecha 2 de Marzo de 2011, los Presidentes de los Clubes Juventud Unida y Racing Club, solicitan la renovación de la concesión que fuera otorgada oportunamente mediante Ordenanza Nº 7762/84.
Que respaldando dicha solicitud, las instituciones interesadas describen las mejoras realizadas en el predio requerido, las que fueron desarrolladas a lo largo de los últimos 25 años, lapso éste por el cual fue otorgado el predio en cuestión.
Que es de destacar la intensa labor llevada a cabo en pos de la contención social de nuestros niños y adolescentes, brindando educación en los reconocidos Colegios de ambas Instituciones, y a través de la práctica de diversas disciplinas deportivas.
Que las mejoras planteadas para el futuro, serán destinadas a actividades deportivas, educativas, culturales y recreativas de los asociados a ambas entidades.
Que es de considerar el informe favorable elaborado por la Secretaría de Planeamiento Municipal, la cual considera factible conceder nuevamente el predio interesado a las Instituciones de referencia.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- PRORROGASE por el plazo de 15 años a partir de la promulgación de la presente, la concesión gratuita a título precario, otorgada por Ordenanza Nº 7762/84 a los Clubes Juventud Unida y Racing Club, del inmueble de propiedad municipal, ubicado en la ciudad de San José de Gualeguaychú, en el Parque Unzué, según plano adjunto en las presentes actuaciones.
ORDENANZA Nº 11639/2011.-
ART.2º.- LA prórroga de esta concesión se hace en un todo de acuerdo a lo establecido a la Ordenanza Nº 5074/40 de concesiones, obligándose a las instituciones beneficiarias a su estricto cumplimiento.
ART.3º.-NOTIFIQUESE a los Sres. Presidente de los Clubes Juventud Unida y Racing, Dr. Jorge Martín Lonardi y Santiago Zapata, como asimismo a la Secretaría de Planeamiento Municipal y a la Dirección de Deportes.
ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de noviembre de 2011.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Jeremías Irigoytía, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.
ORDENANZA Nº 7762/84.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- CONCEDER por un plazo de veinticinco (25) años, el uso del terreno y las instalaciones existentes en el predio del Parque Unzué, conocido como Recreo “El Sauce”, a favor de los Clubes Juventud Unida y Racing Club o a la entidad que en el futuro resulte de la fusión de ambas instituciones.
ART.2º.- DEJAR aclarado que la concesión obrará a partir de la fecha en que finalice el contrato celebrado con el actual ocupante o a partir del momento en que este haga renuncia expresa de la concesión.
ART.3º.- ACORDAR un préstamo de TRESCIENTOS MIL PESOS ARGENTINOS ($ a 300.000.-) compartido entre los Clubes Juventud Unida y Racing Club de nuestra ciudad, para permitirles la adquisición del moblaje existente en el Recreo “El Sauce” y que es propiedad del actual concesionario.
ART.4º.- ESTABLECER que el préstamo será devuelto en un plazo máximo de diez (10) meses, devengando un interés idéntico al que la Municipalidad abona al Estado Provincial cuando recibe anticipos a cuenta de la coparticipación impositiva. En caso de que las instituciones deportivas beneficiarias del crédito obtengan un subsidio provincial o nacional, deberán cancelar de inmediato el préstamo recibido aún antes de la fecha de vencimiento del plazo de pago.
ART.5º.- DE FORMA.
Sala de Sesiones, Gualeguaychú, 28 de junio de 1984.
Elba Gorena de de Casas, Presidente – Antonio Irigoytía,Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.