ORDENANZA Nº 11872/2014.
EXPTE.Nº 5238/2014.-H.C.D.
VISTO: El Expediente N° 7011/2013, caratulado: “DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES S/ ADJUDICACIÓN DE CASA Nº 6 M. 783 - LA TABLADA”; y
CONSIDERANDO:
Que en los autos de referencia se ha presentado la Señora Yolanda Beatriz ATTONATY, DNI Nº 5.212.068 solicitando la readjudicación a su favor de la Casa Nº 6 Manzana 783 del Barrio “La Tablada”, invocando una convivencia de quince (15) años aproximadamente con quien fuera el adjudicatario de la vivienda.
Que dicho inmueble fue adjudicado al Señor Sixto Carlos ECHEVESTE, DNI Nº 6.079.252, mediante Ordenanza Nº 10.848/2005, la que regularizó la situación dominial de varios lotes del Barrio “La Tablada” los cuales estaban ocupados desde hacía mucho tiempo atrás.
Que concretamente la Dirección de Asuntos Legales manifiesta (fs. 1) que según documentación obrante en ésa (fs. 3), el Señor ECHEVESTE ya era tenedor del inmueble en el año 1990.
Que el Señor Sixto Carlos ECHEVESTE falleció en fecha 22 de julio del año 2013, siendo de estado civil soltero según acta de defunción obrante a fs. 10), desconociéndose las razones por las cuales nunca concurrió a realizar los trámites de escrituración de su vivienda.
Que a fs. 8/9 la Dirección de Viviendas ha efectuado un estudio socio económico favorable a la peticionante, en el que entre otros datos, ha recabado testimonio de vecinos que dan fe de los dichos de la Señora ATTONATY en cuanto a sus años de convivencia y se ha comprobado que la misma vive sola en el lugar.
Que a fs. 12 obra testimonio del Señor Raúl Vicente AUNZAIN, DNI Nº 10.199.260, quien conocía al Señor ECHEVESTE, ya que ambos eran agentes municipales y prestaban servicios en las instalaciones del Corsódromo, desde su inauguración en el año 1996, y manifiesta que los Señores ECHEVESTE y ATTONATY tenían una convivencia de muchos años, vivían en el Barrio “La Tablada” y no tenían hijos; que lo sabe porque la Señora ATTONATY siempre iba al Corsódromo, para hablar con ECHEVESTE, pidiéndole dinero para las compras del día u otras cuestiones.
Que asimismo a fs. 13 se adjunta testimonio de la Señora Ana María URRELS, DNI Nº 16.047.889, domiciliada en Casa Nº 16 del Barrio “La Tablada”, quien vive allí desde el año 1989 y conoce a la Señora ATTONATY por ser su vecina desde hace alrededor de quince (15) años.
Que de acuerdo a los informes, dictámenes y conclusiones realizadas por las áreas técnicas obrantes en autos, y a efectos de lograr la regularización del dominio manteniendo el inicial carácter social de dicha adjudicación, corresponde el dictado de una Ordenanza que readjudique el inmueble de marras a la Señora Yolanda Beatriz ATTONATY.
ORDENANZA Nº 11872/2014.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART. 1º.- DÉJESE SIN EFECTO la adjudicación dispuesta mediante Ordenanza Nº 10.848/2005, por los motivos expuestos en los considerandos del presente y READJUDÍQUESE el inmueble sito en calle Ayacucho al Sur, Manzana 783 del Barrio “La Tablada” Casa Nº 6, a favor de la Señora Yolanda Beatriz ATTONATY, DNI Nº 5.212.068.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 22 de mayo de 2014.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.