Ordenanzas - Eximición de pago de tasa tumba artistica


ORDENANZA Nº 11090/2007.-

EXPTE.Nº 3027/2007-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

           La Ordenanza Nº 10602/2002 que exime de la Tasa de Cementerio por el término de cinco años a la tumba artística Nº 39 – Sección “F” del Cementerio Norte.

 

CONSIDERANDO:

                               Que se trata de la tumba artística donde descansan los restos del realizador José Luis Gestro.

                               Que dicha exención se otorgó por el término de cinco años a partir del año 2003.

                               Que en consecuencia la misma se encuentra a punto de finalizar.

                               Que no habiendo variado la situación  por la cual se otorgara oportunamente la exención, corresponde prorrogar la misma por igual término.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- PRORROGASE por el término de cinco (5) años la Ordenanza Nº 10602/2002, que exime de la Tasa de Cementerio a la Tumba Artística Nº 39 – Sección “F” del Cementerio Norte.

ART.2º.-NOTIFICAR, registrar y oportunamente archivar.

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 30 de noviembre de 2007.

Pablo Baffico, Vicepresidente 1º - Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, certifico.

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