ORDENANZA Nº 10519/2001.
EXPTE.Nº 639/2001-H.C.D.
VISTO:
Que en la comunidad de Gualeguaychú existe un sector dedicados a los deportes náuticos en general y específicamente remo, yatchting, velerismo, ski.
Que en el futuro será necesaria la promoción de estas disciplinas como de otras, para incentivar en el ciudadano su práctica en pos de una vida saludable, a lo que se debe sumar la afluencia de turistas con evidentes inclinaciones a la náutica
Que de acuerdo a lo expuesto, es indispensable prestar servicios atinentes al respecto.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- DISPONESE la construcción de una rampa de acceso al río Gualeguaychú para remolques tipo “trailer”, que sirva para el acarreo de lanchas o artefactos navales en el espacio comprendido entre, el Puente Méndez Casariego y la arenera de Giusto Hnos.
ART.2º.- IMPUTESE la erogación que demande el cumplimiento de la presente a la partida correspondiente del Presupuesto vigente.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 13 DE JULIO DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.