ORDENANZA Nº 11498/2010.-
EXPTE.Nº 4052/2010-H.C.D.
VISTO:
La existencia de inmuebles destinados a la locación de salones para fiestas y otros acontecimientos sociales y el crecimiento de pedidos de habilitaciones en tal sentido, resulta de imperiosa necesidad regular dicha actividad, adecuando para ello la normativa vigente y;
CONSIDERANDO:
Que en la comunidad de Gualeguaychú existen numerosos emprendimientos privados, cuya actividad principal es la de brindar servicios al esparcimiento, como salones para la realización de fiestas u otros acontecimientos sociales, en fechas predeterminadas por las partes, ya sea locando solamente el inmueble para dicho fin u ofreciendo –además- de la locación del local el servicio de buffet, sin que exista un marco regulatorio que los comprenda.-
Que en éste contexto resulta imprescindible contar con una norma específica ordenatoria de dicha actividad que agrupe tales emprendimientos, a fin que las reuniones sociales que se celebren en los mismos, tengan la adecuada protección legal en su integridad.-
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1°.-MODIFICASE el Art. 1º de la Ordenanza Nº 10.394/99, incorporando a la misma una actividad de servicios al esparcimiento, bajo la denominación “ACTIVIDAD TIPO E”, que comprende la que se desarrolle en inmuebles destinados para fiestas y/u otros acontecimientos sociales en días predeterminados de común acuerdo entre las partes.-
ART.2º.- MODIFICASE el Título III- de la Ordenanza Nº 10.396/99, incorporando como artículo 20 bis, los locales y/o salones destinados para la realización de fiestas, reuniones, convenciones y/u otros acontecimientos sociales, bajo la denominación de “ACTIVIDAD TIPO E”, los que deben cumplir con los mismos requisitos contemplados en
ORDENANZA Nº 11498/2010.-
el Título III- ; es decir, los insertos en los artículos 11º a 20º, inclusive de la presente norma.-
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de septiembre de 2010.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.