ORDENANZA Nº10855/2005.-
EXPTE.Nº 2367/2005-H.C.D.
VISTO:
La necesidad de reformular las partidas presupuestarias autorizadas por Ordenanza Nº 10753/2004, y
CONSIDERANDO:
Que se ha producido durante el ejercicio, la necesidad de operar en el Programa Federal de 400 Viviendas, con el otorgamiento de subsidios reintegrables a las cooperativas de trabajo que se hallan ejecutando las mismas, a fin de poder mantener un ritmo de obra continuo, subsidios que luego se reintegran, pero que consecuentemente no se hallaban previstos en el presupuesto aprobado por este Cuerpo.
Que asimismo, y debido a la variación de precios producida como consecuencia del proceso inflacionario que se dio durante el corriente año, se han tenido que soportar mayores costos para la producción de los bienes y servicios públicos.
Que durante el presente ejercicio fiscal, y luego de un proceso de formulación de acuerdo en paritarias, se han realizado incrementos salariales al personal, que se hallan por encima de las partidas previstas para tal concepto del gasto.
Que todas estas razones han llevado a la Administración Municipal a solicitar una ampliación de los créditos presupuestarios autorizados por Ordenanza Nº 10753/2004.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- MODIFICASE el Art.1º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2005, en la suma de PESOS CURENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL NUEVE ($ 42.132.009,00.-).”
ORDENANZA Nº 10855/2005.-
ART.2º.- MODIFICASE el Art.2º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ Fíjase la partida de Personal en la suma de PESOS QUINCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS DOS ($ 15.350.902,00.-).
ART.3º.- MODIFICASE el Art.3º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase la Partida Bienes de Consumo, en la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.902.700,00.-).
ART.4º.- MODIFICASE el Art.4º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ Fíjase la Partida Servicios no Personales, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DOCE ($ 4.597.812,00.-)”.
ART.5º.- MODIFICASE el Art.5º de la Ordenanza Nº 10753/04 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ Fíjase la Partida Transferencias, en la suma de PESOS SEIS MILLONES VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS
($ 6.028.800,00.-)”.
ART.6º.- MODIFICASE el Art.7º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase la Partida Trabajos Públicos, en la suma de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 11.388.495,00.-)”.
ART.7º.- MODIFICASE el Art.8º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase la Partida Bienes de Capital, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CIEN ($1.169.100,00.-).”
ART.8º.- MODIFICASE el Art.11º de la Ordenanza Nº 10753/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase la Partida Recursos de Jurisdicción Municipal del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2005, en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE
($ 19.659.149,00.-)”.
ART.9º.- MODIFICASE el Art.12º de la Ordenanza Nº 10753/04 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ Fíjase la Partida Recursos de Otras Jurisdicciones del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2005, en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 22.197.590,00.-)”
ART.10º.- MODIFICASE el Art.13º de la Ordenanza Nº 10753/04 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase la Partida Recursos por Ingresos de Capital del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2005, en la
ORDENANZA Nº 10855/2005.-
suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ 275.270,00.-) la que incluye la autorización para tomar un crédito de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000.-)”.
ART.11º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de diciembre de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.