ORDENANZA Nº 10508/2001.
EXPTE.Nº 621/2001-H.C.D.
VISTO:
Los alcances y contenido del “Programa Habitacional Gualeguaychú 1000 Viviendas.”
CONSIDERANDO:
Que su instrumentación surgió a instancia e iniciativa de la Municipalidad de Gualeguaychú, conforme a establecer una respuesta precisa a la constante y significativa demanda de necesidades habitacionales provenientes de vastos sectores de nuestra comunidad que van quedando excluidos como consecuencia de los procesos de globalización y por ende, no pueden acceder a las distintas operatorias señaladas en los programas habitacionales diseñados desde el ámbito provincial y/o nacional.
Que el “Programa Habitacional Gualeguaychú 1000 Viviendas”, contempla y estipula la edificación de grupos de unidades familiares a través del sistema de autoconstrucción por ayuda mutua, modalidad que permite la promoción integral de la persona humana con acciones concretas y determinadas tendientes a fomentar lazos de solidaridad y organización entre los adjudicatarios participantes del citado Programa.
Que el “Programa Habitacional Gualeguaychú 1000 Viviendas” constituye un emprendimiento de gestión conjunta en el cual participan la Municipalidad de Gualeguaychú y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, mediante la participación del Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda (I.A.P.V).
Que en la actualidad, se ha culminado la construcción de viviendas correspondientes a los grupos: Sudamérica, Manzoni, Molinari 1 y Peter 1 y 2 ubicados en distintas zonas de nuestra ciudad, cuyas características de edificación comprenden criterios y lineamientos urbanísticos que garantizan la integración de los nuevos conjuntos habitacionales a los barrios ya existentes en cada lugar.
Que los avances y procesos de desarrollo del Programa en las distintas etapas establecidas en él, han posibilitado la concreción de importantes logros y objetivos.
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El acceso a una vivienda propia y dotada de los servicios básicos e imprescindibles que le permita a cada adjudicatario mejorar sustancialmente su calidad de vida.
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La promoción integral de la persona en el aspecto individual y como familia, sentido de organización y solidaridad para la planificación y el logro de objetivos comunes.
ORDENANZA Nº 10508/2001.-
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Oportunidad de aprender y capacitarse en el rubro de la construcción, como una herramienta de trabajo y como elemento para el mejoramiento de su propia vivienda.
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El sentido de pertenencia que contiene cada Grupo Habitacional construido.
Que el “Programa Habitacional Gualeguaychú 1000 Viviendas”
ha determinado una respuesta institucional innovadora a la importante demanda habitacional existente en nuestra ciudad, basado en su organización estructural y la activa participación de los actores comprometidos en el mencionado proyecto.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- DECLARASE de Interés Social al “Programa Habitacional Gualeguaychú 1000 Viviendas” desarrollado por la Municipalidad de Gualeguaychú y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a través del Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda (I.A.P.V).
ART.2º.- REMITIR copia de la presente resolución al Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda de la Provincia de Entre Ríos (I.A.P.V) , a la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y Sres. Legisladores Provinciales por el Departamento Gualeguaychú.
ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 11 DE MAYO DE 2001.
SERGIO DELCANTO,PRESIDENTE– JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.