ORDENANZA Nº 10521/2001.
EXPTE.Nº 635/2001-H.C.D.
VISTO:
El Expte.Nº 1534, caratulado: “ Vergara, Fernando Daniel y Otro s/ donación de lotes”.
CONSIDERANDO:
La voluntad de donación de los Sres. Fernando Daniel Vergara y Marcos Angel Aurelio Chiappe, quienes en su carácter de propietarios lo manifiestan expresamente en el expediente citado.
Que con fecha 7 de Mayo de 2001, se promulgó Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 513/2001, elevando las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante para que se sancione Ordenanza de aceptación de la donación motivo del mismo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- ACEPTASE la donación de lote A: Plano Nº 65712 Partida Provincial 108.931, situado en Departamento Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Zona de Chacras, Sección Séptima, con una superficie de 112,28 m2. Límites y Linderos:
Norte: semicírculo de radio 3.00 m. arco de curva de 9,42 m. y longitud de cuerda de 6.00 m. lindando con el lote calle de esta subdivisión.
Este: Línea recta 21-22 amojonada, al rumbo S 0º 38’ O de 14 mts., lindando con el lote calle de esta subdivisión.
Sur: Semicírculo de radio 3.00 m. arco de curva 9.42 m y longitud de cuerda de 6.00 m, lindando con el lote calle de esta subdivisión.
Oeste: Línea recta 23-24, amojonada al rumbo N 0º 38’ E. De 14.00 mts. lindando con el lote calle de esta subdivisión.
ORDENANZA Nº 10521/2001.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 3 DE AGOSTO DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.