ORDENANZA Nº 10807/2005.-
EXPTE.Nº 2219/2005-H.C.D.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 10803/2005 en la cual se dispone la realización de una auditoría externa a fin de indagar y determinar la existencia de posibles errores, irregularidades y/o fraudes en el manejo de la Tesorería Municipal.
CONSIDERANDO:
Que en su artículo segundo se solicita al Colegio de Graduados de Ciencias Económicas del Departamento Gualeguaychú la colaboración necesaria para tal fin.
Que en nota de fecha 13 de julio de 2003, el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas en la figura de su Presidente, el Contador Manuel M. Rossi, informa a este Honorable Cuerpo que la entidad que prestara la colaboración necesaria será el Consejo Profesional de Ciencias Económicas delegación Gualeguaychú.
Que el motivo planteado por el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas es que así se daría participación a la totalidad de los profesionales de la ciudad de Gualeguaychú.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- MODIFIQUESE de la Ordenanza Nº 10803/2005 el texto “Colegio de Graduados de Ciencias Económicas” por el de “Consejo Profesional de Ciencias Económicas”.
ART.2º.- MODIFIQUESE el Art.3º de la Ordenanza Nº 10803/2005 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Facúltese al Sr. Presidente de este Honorable Concejo Deliberante a celebrar el correspondiente convenio de prestación de servicios con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas delegación Gualeguaychú, quedando el mismo sujeto a la ratificación de este Cuerpo, el cual contendrá el siguiente alcance:
- Temporal: desde el desempeño como Tesorero Municipal del Contador Angel José Giménez, D.N.I. Nº 18.471.033.
ORDENANZA Nº 10807/2005.-
- Material: 1º Ejecución Presupuestaria de los recursos; 2º Ejecución Presupuestaria del gasto; 3º Procedimiento de libramiento y/o pago – controles previos – Confección y control de conciliaciones bancarias – Normas aplicables a la cuestión y/o procedimientos aplicables; 4º Responsabilidades de los administradores y agentes de la Secretaría de Hacienda Municipal en los términos de la Ley Provincial Nº 3001.
ART.3º.- COMUNIQUESE, etc...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 29 de julio de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.