Ordenanzas - Eximición de pago de tasas a prestadores turisticos


ORDENANZA Nº 12.032/2016.

EXPTE.Nº 5661/2016-H.C.D.-

 

VISTO:

         La necesidad de contemplar la situación que atravesaron los prestadores turísticos frente a la crecida de los ríos Gualeguaychú y Uruguay, durante diciembre del año 2015 y enero del año 2016 y;

 CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 11.843/2013, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 5 de diciembre del año 2013 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar los nuevos valores de Tasa General Inmobiliaria y Tasa de Obras Sanitarias.

Que la Ordenanza Nº 11.843/2013 determina el procedimiento de actualización anual de las Tasas General Inmobiliaria y de Obras Sanitarias.

         Que respecto a la Tasa de Obras Sanitarias, la norma prevé la actualización de los valores a aplicar sobre las superficies de terreno y edificio de los inmuebles, en función de los servicios con que cuenta cada bien y de la tasa mensual mínima según la norma de los artículos 40º y 43º respectivamente de la Ordenanza General Impositiva.

         Que el Decreto Nº 2/2016 dispuso un incremento en las valuaciones fiscales fijadas según la norma del artículo 2º del Código Tributario Municipal, Parte Especial, Título I, a los efectos de la determinación de la Tasa General Inmobiliaria.

         Que el Decreto Nº 119/2016 prorrogó hasta el día 24 de febrero del año 2016 la fecha de vencimiento de opción de pago anual de la Tasa General Inmobiliaria y de la Tasa de Obras Sanitarias, el cual hubiere operado el día 20 de febrero del corriente año, en busca de estimular el buen cumplimiento de los contribuyentes de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, proporcionando herramientas administrativas que lo simplifiquen.

Que con motivo de la grave situación que atravesaron los prestadores turísticos durante los meses de diciembre del año 2015 y enero del año 2016, a raíz de la creciente del río Uruguay y Gualeguaychú, sufriendo numerosas consecuencias en los establecimientos y una pronunciada baja en la actividad turística de toda la temporada de verano debido a las cancelaciones de las reservas.

Que a fin de dar soluciones a los prestadores turísticos afectados por la creciente, se mantuvieron reuniones con el Ministro de Turismo de Entre Ríos Señor Adrián FUERTES, el Presidente Municipal, Doctor Esteban Martín PIAGGIO, el Presidente del Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo, Licenciado Gastón IRAZUSTA y la Coordinadora de Gestión Turística Señora Claudia PAGNOTTA y con más de treinta (30) propietarios de complejos del Camino de la Costa, Camino de la Península y Ñandubaysal.

Que en dicha reunión los prestadores llenaron una ficha con sus datos personales y en detalle de las pérdidas ocasionadas por la crecida del río manifestaron cuales eran las necesidades inmediatas, entre las cuales se pueden enumerar, mejoramientos de caminos; limpieza; créditos; exenciones impositivas tanto a nivel nacional, provincial y Municipal.

Que en virtud de la reunión mantenida y a fin de dar respuesta a la solicitud de exención en las tasas municipales (TGI-OSM y la Tasa de Inspección, Higiene, Profilaxis y Seguridad, se resolvió, evaluar la vialidad de la exención.

Que luego del análisis realizado se decidió otorgar la exención para el pago de las tasas de TGI-OSM y Tasa de Inspección, Higiene, Profilaxis y Seguridad de los meses de diciembre del año 2015 y enero del año 2016 para todos los prestadores turísticos de la zona: Camino de la Costa, Camino de la Península y Ñandubaysal.

Que el Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo y la Dirección de Rentas comunicaron a los prestadores el beneficio impositivo que se les otorgaría, a fines de que se presenten a la Dirección de Rentas con la documentación necesaria para la exención aprobada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

                                              ORDENANZA

Artículo 1º.-. EXÍMESE, sin intereses ni multas, los vencimientos de todas las tasas, derechos y contribuciones a cargo de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a los siguientes prestadores turísticos durante diciembre del año 2015 y enero del año 2016:

 

 

 

 

 

 

 

Nro.

Datos establecimientos

Tasa de SHyP

Nro. De TGI y OSM

TGI -OSM

Cod. Contr.

Nombre

Tipo

Establecimiento

dic-15

Ene-16

dic-15

ene-16

1

17332

Lobo Héctor Alberto

Cabañas

El Edén

$62,00

$62,00

Fuera de ejido

 

 

2

17456

Gutiérrez Sixto Omar

Alojamiento

Mar de las Pampas

$62,00

$390,00

Fuera de ejido

 

 

3

17577

Loss María Rosa

Complejo

Punta Sur

$102,00

$89,00

Fuera de ejido

 

 

4

19823

Pérez Marcelo

Alojamiento

Placeres de la costa

$1.285,00

$1.701,00

3740

$965,00

$1.382,00

5

21465

Rivoller Emiliano

Camping y Playa

Solar del Este

$2.073,00

$7.923,00

34333

$6004,00

$8.598,00

6

21526

Giachello Ignacio

Camping y Gastronomía

Puerta del Sol

$62,00

$935,00

34168

$3248,00

$4.652,00

7

28905

Guidoni Carlos María

Comería

Ñandubaysal

$62,00

$62,00

Fuera de Zona

 

 

8

11366

Baus Hugo Oscar

Camping y Playa

Ñandubaysal

$12.765,00

$27.871,00

Fuera de Zona

 

 

9

24187

Almirón Mariano

Bungalows

Altos Verdes

$818,00

$1.111,00

34195/34196

$447,00

$640,00

10

24539

Telechea Jorge

Bungalows

Aires de Rio

$62,00

$62,00

Fuera de Zona

-

-

11

25118

Lizzi Marcelo Ramón

Alojamiento

Hostería Papaya

$62,00

$62,00

Fuera de Zona

-

-

12

26537

Diaz Bulay

Alojamiento

Las Molinas

$62,00

$62,00

Fuera de Zona

-

-

13

26970

Bozzano M Elizabeth

Alojamiento

Complejo Turístico Ygara

$62,00

$62,00

Nos falta el dato

 

 

14

17883

Vezzuci Valeria

Bungalows

La Guardería

$43 ,00

$43,00

Fuera de Zona

 

 

15

27122

Avilés José Luis

Alojamiento

Atala

$439, 00

$298,00

34197

$1088,00

$1.558,00

16

28383

Cedres Daniel

Camping

Costa Alegre

$68,00

$328,00

34202 -28666

$195,00

$279,00

 

 

 

 

Total

$18.089,00

$41.062,00

 

$11.948,00

$17.110,00

 

 

 

 

Total a eximir

$88.208,00

 

 

 

 

 

Artículo.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

 

Sala de Sesiones. Honorable Concejo Deliberante.

San José de Gualeguaychú, 12 de mayo de 2016.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

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