ORDENANZA Nº 11960/2015.
EXPTE.Nº 5465/2015-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 1501/2013, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal Caratulado: “GAS NEA S.A – CARTA DOCUMENTO – RECLAMA DEUDAS POR REPARACIONES”, al que se adjunta el siguiente Expte.Nº 3709/2013, de igual tenor a las actuaciones originales, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley 10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 11738/12, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que en esta ocasión en particular, el Sr. Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, Cr. Germán Grané, eleva los presentes autos a este Cuerpo Deliberativo a efectos de que se dicte el correspondiente acto administrativo a fin de efectuar el pago ut- supra mencionado.
Que en concordancia a lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales, Dr. Rafael Arnolfi, quien ratifica lo expresado por la Empresa GAS NEA S.A, en relación al reclamo efectuado por la damnificada en ocasión de producirse una rotura en la red de distribución, sector éste ubicado en calle 3 de Febrero de esta ciudad de San José de Gualeguaychú, en fecha 16 de marzo de 2013.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE el pago por la suma total de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS C/DIEZ CENTAVOS ($ 2672,10.-), a favor de la Empresa “GAS NEA S.A”, de acuerdo a los comprobantes contenidos en los Expediente Nº 1501/2013, adjunto Expte. 3709/2013, ambos del Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 25 de junio de 2015.
Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.