ORDENANZA Nº11006/2007.-
EXPTE.Nº 2851/2007 –- H.C.D.
VISTO:
La Ordenanza Nº 10001/94 dictada en Expediente Nº 2465/93, Caratulado: “ Arocena Jorge Aristides s/aprobación apertura de calles”, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Ordenanza, en su artículo 2º, acepta las donaciones detalladas en el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Jorge Arístides Ricardo Arocena, L.E. Nº 5.852.481 y la señora Noemí Griselda Catalina Arocena, L.C. Nº 3.339.344 en fecha 22 de marzo de 1994 que obra a fs. 12/13 de los presentes autos.
Que a fin de inscribir los inmuebles donados a favor de la Municipalidad conforme disposiciones del artículo 1810º del Código Civil, surge necesario el cumplimiento de ciertos recaudos técnicos registrales que hacen a la completividad del título a inscribir.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.-HOMOLOGAR el convenio de donación celebrado entre los señores Jorge Arístides Ricardo Arocena, L.ENº 5.852.481 y la señora Noemí Griselda Catalina Arocena, L.C Nº 3.339.344 y el Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 22 de marzo de 1994.
ART.2º.- ACEPTAR la donación del inmueble cuyos datos catastrales son: sito en ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 4ta, Manzana Nº 14ª y 15ª, lote Nº 24 con una superficie de 641,14 m2 (seiscientos cuarenta y uno con catorce metros cuadrados) cuyos límites y linderos son: Norte: línea 51-4 al S 89º 45´E de 37,68 metros, lindando con lote Nº 22 hasta los 19,68 metros y con lote Nº 23 hasta el final, ambos de Arocena Tellechea Jorge A.R y otra. Este: línea recta 4-5 al S 2º 27´E de 16,98 metros lindando con calle H. Yrigoyen. Sur: línea recta 5-50 al N 89º 45´O de 37,90 metros lindando con calle Luis Clavarino y Oeste: línea recta 50-51 al N 1º 41´O de 16,98 metros lindando con calle a abrir (Angel Elías) Plano 60.933, Partida 130.664, inscripto bajo matrícula 125.515 (juidicial)
ORDENANZA Nº 11006/2007.-
en fecha 1/11/94 con una superficie según título de origen de 16.723,46 m2 a nombre de Jorge Arístides Ricardo Arocena y Noemí Griselda Catalina Arocena (50%) c/u.-
ART.3º.-ORDENAR la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1810 del Código Civil.
ART.4º.-COMUNIQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 28 de junio de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente –Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.