Ordenanzas - Rectificación de Ordenanza Nº 11136/08


ORDENANZA Nº 11150/2008.-

EXPTE. Nº 3187/2008-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

           La Ordenanza Nº 11136/2008 dictada en Expediente Nº 6305/07, Caratulado: “ Vidal Elina s/Expte.Nº 1811/01 – Apertura de calle”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en el artículo 2º de citada Ordenanza, se ha deslizado un error material en la designación de las orientaciones de las rectas que delimitan el Predio donde se establece una restricción administrativa.

                               Que de acuerdo al principio del paralelismo de las formas, corresponde el dictado de una Ordenanza rectificatoria que subsane el error incurrido.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUESE el Art.2º de la Ordenanza Nº 11136/08 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art.2º.- ESTABLECESE una restricción al dominio para nuevas construcciones y/o mejoras permanentes sobre la superficie comprendida dentro de los siguientes límites: al Este recta (1-2) de 64,56 metros, al Norte recta (2-3) de 13,10 metros, al Oeste recta (3-4) de aproximadamente 64,56 metros y al Sur recta (4-5) de 13,14 metros que se señala en croquis anexo a fs.5 (Ordenanza Nº 10598/2002, Art.8º y con).

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 26 de junio de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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