Ordenanzas - Aprobacion decreto Ad Referendum Nro 2264/2013


ORDENANZA Nº 11842/2013.

EXPTE.Nº 5149/2013-H.C.D.

VISTO:

         El Decreto Ad Referéndum Nº 2264/2013, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

 

            Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

 

        POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2264/2013 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.-COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 28 de noviembre de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 2264/2013.-  

                            

    SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 28 de octubre de 2013.

 

            VISTO: La Ordenanza Nº 11.751/2012 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2013; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado. 

            Que al mes de octubre la Partida Presupuestaria total en Gasto en Personal  asegura la ejecución del gasto correspondiente, pero teniendo presente que existen  sub-ejecuciones y sobre ejecuciones en distintas secciones, se torna imprescindible la modificación y transferencias presupuestarias que se establecen en el presente a fin de liquidar y pagar los sueldos en tiempo y forma.

            Que al mes de octubre han ingresado a este Municipio Coparticipación Ingresos Brutos, Tasa Sobre Consumo de Energía Eléctrica e Intereses por Depósitos Internos que superaron las estimaciones establecidas en el Cálculo de Recursos para el corriente año; lo que permite la ampliación de Recursos y Gastos, los cuáles se destinarán a gastos indispensables para el correcto funcionamiento y prestación de Servicios.

            Que han ingresado a este Municipio Recursos provenientes del Racionamiento comedores de Origen Provincial, por encima de lo presupuestado; lo que hace necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente.

            Que se ha aprobado el apoyo económico de parte de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA NACIONAL para la realización del 1º Ave Encuentro de la Cuenca del Río Uruguay por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00); lo que torno necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente. 

          Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) dentro la Apertura Programática 17.04.00 Dirección de Transito de la Jurisdicción 1110101000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 2º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Partida Gastos en Personal; de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva a la Apertura Programática 01.02.00 Área Archivo la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS ($ 26.700,00) dentro la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal; de la Apertura Programática 18.01.00 Conducción Ejecutiva – RRHH la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS ($ 231.400,00) a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($ 88.700,00), a la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Cultura la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS ($ 118.200,00) y a la Apertura Programática 17.00.00 Subsecretaría de Control Urbano la suma de PESOS VENTICUATRO MIL QUINIENTOS ($ 24.500,00) dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno; de la Apertura Programática 33.00.00 Administración de Cementerio la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 162.400,00) a la Apertura Programática  01.00.00 Conducción Ejecutiva Planeamiento la suma de PESOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS ($ 40.900,00), a la Apertura Programática 31.00.00 Dirección de Viviendas la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS ($ 63.900,00) y a la Apertura Programática 32.00.00 Dirección de Catastro la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 57.600,00) y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Planeamiento a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Planeamiento la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200,00) todo dentro de la Apertura Programática 1110113000 Secretaría de Planeamiento; de la Apertura Programática 35.02.00 Dirección de Espacios Verdes la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ($ 355.700,00) a la Apertura Programática 34.00.00 Defensa Civil y Seguridad e Higiene Laboral  la suma de PESOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 9.400,00), a la Apertura Programática 35.04.00 Área de Mantenimiento de Calles la suma de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS ($ 11.500,00), a la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 275.500,00) y a la Apertura Programática 51.00.00 Dirección de Higiene Urbana la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 59.300,00) dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.  

ARTÍCULO 3º.-  MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando el rubro 16.2.01.00 Intereses por Depósitos Internos en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 579.000,00).

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) a la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva dentro de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal; la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) a la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno; la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000,00) y la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS VENTIÚN MIL ($ 21.000,00) dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto dentro de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo; la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL ($ 53.000,00) y la Partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) a la Apertura Programática 43.00.00 Obras Especiales dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos; la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) y la Partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos, la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL ($ 177.000,00) y la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL ($ 41.000,00) a la Apertura Programática 35.00.00 Subsecretaría General de Mantenimiento; la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00) y la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) a la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas, la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 76.000,00),  la Partida Servicios no Personales en la de PESOS CUARENTA Y UN MIL ($ 41.000,00) y la Partida Bienes de Uso la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) a la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias y Efluentes; la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00) y a la Partida Servicios no Personales en la de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00) a la Apertura Programática 51.00.00 Dirección de Higiene Urbana de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 5º.-  MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/12, incrementando el rubro 12.1.15.00 Tasa Sobre Consumo de Energía Eléctrica en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 552.000,00).

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/12, incrementando la Partida Servicios no Personales  en la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00) a la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias y Efluentes y la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 452.000,00) a la Apertura Programática 35.00.00 Subsecretaría General de Mantenimientos dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 7º.-  MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/12, incrementando el rubro 11.4.02.03 Coparticipación Ingresos Brutos en la suma de PESOS CIEN MIL  ($ 100.000,00).

ARTÍCULO 8º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando la Partida Bienes de Consumo  en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 31.500,00), la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 62.300,00) y la Partida Transferencias en la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 6.200,00) a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 9º.-  MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/12, incrementando con Fuente de Financiamiento Provincial el rubro 17.5.01.01 Racionamiento  Comedores en la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00).

ARTÍCULO 10º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando la Partida Transferencias en la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) con Fuente 132 de Origen Provincial a la Apertura Programática 25.05.00 Dirección de Desarrollo Humano dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 11º.-  MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando con Fuente de Financiamiento Nacional el rubro 17.2.05.00 Otros Subsidios Nacionales en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00).

ARTÍCULO 12º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL ($ 28.000,00) y la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) con Fuente 133 de Origen Nacional a la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto dentro de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo.

ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

                    GEMAN GRANE                                     JUAN JOSE BAHILLO

             Secretario Jefe de Gabinete                                                             Presidencia Municipal

                        y Gobierno                                        

             

 

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