Ordenanzas - Subdivisión de plano Sr. Marcial


ORDENANZA Nº 11747/2012.

EXPTE.Nº 4863/2012-H.C.D.

 

VISTO:

            El expediente Nº4371/2012  remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, Caratulado: “ Bértora, Alfredo s/aprobación mensura – Propiedad Ríos Marcial Ricardo”, y  

 

CONSIDERANDO:

                               Que el Agrimensor Alfredo Marcelo Bértora, hace una presentación ante la Dirección de Catastro Municipal, interesando la aprobación de la mensura del lote, propiedad del Sr. Marcial Ricardo Ríos, ubicado en Gualeguaychú, Ejido de Gualeguaychu, Zona Rural, Sección 1ra. Partida Provincial Nº 127.085 -

                                Que dichas actuaciones fueron inicialmente remitidas a la Dirección Municipal de Catastro a efectos de que por dicha área se emitiera dictamen al respecto, siendo el resultado de dicho informe negativo, encuadrándose tal decisorio en razón de no encuadrarse la petición formulada por el Agrimensor Alfredo Bértora, dentro de los parámetros establecidos en la normativa vigente relacionada al asunto en cuestión.

                               Que con posterioridad a lo mencionado precedentemente, se notifica al recurrente acerca de lo informado por la Dirección de Catastro, ocasión esta en que el profesional actuante solicita el encuadramiento de la requisitoria formulada oportunamente, en lo dispuesto en el Art.4- f de la Ley Provincial Nº 8.773.

                               Que si bien la Ordenanza Nº 9542/91 de zonificación , el predio en cuestión se ubica en zona rural con predominio de explotación netamente dedicada al rubro mencionado precedentemente - (agrícola ganadera, forestal y de extracción minera);  de por sí, la sanción de una Ley Provincial tiene supremacía sobre una legislación de origen municipal, siendo en este caso en particular la Ley Provincial Nº 8.773 contempla la requisitoria efectuada por el Agrimensor Bértora, haciendo la salvedad de que este Cuerpo Legislativo considera oportuno acceder a lo solicitado, siendo dicha excepción por única vez, y con el compromiso de que la zona comprometida en las presentes actuaciones, mantenga el carácter netamente rural. 

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 11747/2012.

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE por única vez la subdivisión del plano de mensura Nº 48978, del lote propiedad del Sr. Ríos, Marcial Ricardo,  ubicado en Departamento Gualeguaychú, Ejido de Gualeguaychú, Zona Rural,  Sección 1ra, Partida Provincial Nº  Nº127.085, no alterando el uso rural previsto en la Ordenanza Nº 9542/91.

ART.2º.- REMITIR copia de la presente al Agrimensor Alfredo Bértora, como asimismo a la Dirección Municipal de Catastro y Secretaría de Planeamiento Municipal.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 30 de octubre de 2012.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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