ORDENANZA Nº 11836/2013.
EXPTE.Nº 5117/2013-H.C.D.
VISTO:
Que la Ley 10.027 en su artículo 146º, establece la obligatoriedad de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos del tratamiento y posterior sanción de la Ordenanza de Presupuesto para que la Administración Municipal pueda ejecutar la percepción de los recursos y la aplicación de los mismos a los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de las distintas políticas y programas.
CONSIDERANDO:
Que el proyecto final que presentamos consta del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2014, el que asciende a la suma de pesos doscientos sesenta y cinco millones setecientos catorce mil ochocientos ($265.714.800,00), importe que desagregado en sus distintos conceptos, se puede apreciar en los cuadros que se adjuntan a la presente.
Que del total del Presupuesto se proyecta gastar un 62.16 % en Personal, un 12.21 % de Bienes de Consumo, un 17.21 % en Servicios no Personales, un 3.99 % en Transferencias, el 1.17 % en Bienes de Capital; el 3.26 % en Deuda flotante, Amortización e Intereses y Gastos de la Deuda.
Que el total de la inversión real – Bienes de Uso más Trabajos Públicos - en el presente asciende al 22.11 % del presupuesto anual.
Que del cien por ciento de los recursos, el 82.80 % corresponde a Ingresos Corrientes, y el 17.20 % corresponde a Ingresos de Capital y Transferencias.
Que del total de los Ingresos Corrientes previstos, el 51.07% corresponden a Ingresos de Jurisdicción Municipal, el 16.48 % a Jurisdicción Provincial y el 32.45 % a la Jurisdicción Nacional.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2014, en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS ($265.714.800,00).
ART.2º.- FIJASE la partida de Personal en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($165.176.000,00).
ORDENANZA Nº 11836/2013.
ART.3º.- FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($32.449.000,00).
ART.4º.- FIJASE para la Partida Servicios no Personales, la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL ($45.718.000,00).
ART.5º.- FIJASE para la Partida Transferencias, la suma de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS MIL OCHOCIENTOS ($10.600.800,00).
ART.6º.- FIJASE para la Partida Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos, la suma de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL ($8.660.000,00).
ART.7º.- FIJASE la Partida de Bienes de Uso en la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO ONCE MIL ($3.111.000,00).
ART.8º.- DETERMINASE que de la Partida de Transferencias para financiar erogaciones corrientes establecida en el art. 5 de la presente, se asigna para transferir a la Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($420.000,00).-
ART.9º.- FIJASE la Partida Ingresos Tributarios del Cálculo de Recursos, para el ejercicio fiscal año 2014, en la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($107.646.000,00).
ART.10º.- FIJASE la Partida Ingresos No Tributarios del Cálculo de Recursos año 2014, en la suma de PESOS CIENTO DOCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS ($112.370.300,00).
ART.11º.- FIJASE la Partida Recursos por Venta de Bienes y Servicios del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTINUEVE MIL ($1.129.000,00).
ART.12º.- FIJASE la Partida Rentas de la Propiedad del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000,00).
ART.13º.- FIJASE la Partida Transferencias Corrientes del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($684.800,00).
ART.14º.- FIJASE la Partida Recursos Propios de Capital del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($1.350.000,00).
ART.15º.- FIJASE la Partida Transferencia de Capital del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES CIEN MIL ($42.100.000,00).
ART.16º.- FIJASE la Partida Recuperación de préstamos de corto plazo del Cálculo de Recursos año 2014 en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($34.700,00).
ART.17º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de créditos y cargos que
ORDENANZA Nº 11836/2013.
aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.
ART.18º.- LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el artículo anterior, deberán tender a mantener el equilibrio presupuestario, pudiendo en caso justificados, modificar la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.
ART.19º.- TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art. 17º de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Economía y Hacienda, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo–contable que aseguren el manejo ordenado de la Administración Presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante.
ART.20º.- FIJASE el cargo total de Personal Municipal en 1.140 agentes, discriminados de la siguiente forma: 930 Agentes en Planta Permanente, 144 en Planta Contratada, 66 Cargos Políticos y otros.-
ART.21º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal, deberá proceder a desagregar internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas adjuntas.
ART.22º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 21 de noviembre de 2013.
Jorge Roko, Vicepresidente 1º - Ignacio Farfán, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.