Ordenanzas - Adjudicar predios de “Barrio La Cuchilla”


ORDENANZA NRO. 10352/98.-

EXPTE.NRO. 11374/98-H.C.D.

 

 

VISTO:

El Expediente Nro. 3076/98 Caratulado:”Secretaría de Acción Social eleva relevamiento de lotes”.

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Nro. 9563/91, sancionada el 08/08/91, promulgada el 21/08/91 (Expte.Nro. 8060/91 H.C.D) se facultó al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar los trámites para la adquisición del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad local bajo el Folio Nro. 1802 T. 81, Dominio Urbano.

Que, en virtud del Decreto Nro. 796/91 de fecha 18/12/91, se dispuso ratificar la compraventa abonada al Sr. Armando José Murature el 13/12/91, realizando tanto la Dirección de Catastro como así también la Asesoría Legal de Gobierno, los trámites necesarios para dicho otorgamiento.

Que con fecha 23/12/91, mediante Decreto Nro. 807/91, el Sr. Presidente de la Municipalidad de Gualeguaychú, designó al Escribano Juan Pedro Fusse quien procedió a otorgar escritura traslativa de Dominio, Nro. 47 de fecha 8 de Mayo de 1992, cuya primera copia obra en el expediente de referencia.

Que los predios fueron inscriptos a nombre de la Municipalidad de Gualeguaychú, el día 22 de Mayo de 1992, Matrícula Nro. 123.561 y 123.562, Partida Nro. 52.183.

Que uno de los predios adquiridos, ubicado en Sección Segunda, Matrícula 123.562, Zona de Quintas, Manzana 25 “G”, 25 “H”, 25 “Y”, 25 “J” y 26 “H” - Partida 52.183 - se encontraban posesiones consolidadas de larga data, siendo intensión de este Municipio regularizar su situación registral adjudicando en donación los lotes que los mismos poseen, procediendo a la transmisión de los mismos mediante escritura traslativa de dominio.

Que a tales fines, la Dirección de Arquitectura y Planeamiento Municipal realizó la subdivisión de los citados predios y confeccionándose asimismo la totalidad de las mensuras.

Que en el mismo sentido, la Secretaría de Acción Social, a través de su plantel de asistentes sociales elaboró un listado de actuales poseedores de las viviendas.

 

ORDENANZA NRO. 10352/98.-

 

 

Que habiéndose cumplido los recaudos pertinentes, este municipio plantea la necesidad de efectivizar la transferencia dominial de cada uno de los lotes a sus actuales poseedores.

Que atento a los fundamentos expresados precedentemente, es indispensable el dictado de una Ordenanza que otorgue la correspondiente autorización al Departamento Ejecutivo, según lo dispuesto por el Art. 11, Pto. 7, Inc. c) de la Ley 3001, para posteriormente otorgar la correspondiente escritura traslativa de Dominio.

Que según el informe elaborado por la Secretaría de Acción Social, las familias que habitan actualmente las viviendas del “Barrio La Cuchilla”, carecen de recursos económicos lo que justifica plenamente declarar la escrituración de los mencionados inmuebles de Interés Social, adhiriendo al sistema de reducción de honorarios de carácter promocional que se implementara mediante convenio de fecha 12 de Abril de 1986 por entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Colegio de Escribanos y al cual adhiere esta Comuna a través del Decreto Nro. 173/92.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1.-AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a adjudicar los predios municipales ubicados en Sección Segunda, Matrícula 123.562, Zona de Quintas, Manzana 25 “G”, 25 “H”, 25 “Y”, 25 “J” y 26 “H”, correspondiente a la Partida 52.183, a los actuales poseedores del denominado “Barrio La Cuchilla”, conforme al listado adjunto confeccionado por la Secretaría de Acción Social y Proyecto de Subdivisión de la Dirección de Arquitectura y Planeamiento Municipal.

ART.2.-AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio de todos los lotes ubicados en la fracción de referencia, propiedad de esta Municipalidad y que fueron oportunamente edificados por los actuales poseedores.

 

ORDENANZA NRO. 10352/98.

 

 

ART.3.-DECLARASE de “Interés Social”, la escrituración de dichos lotes, pertenecientes al denominado “Barrio La Cuchilla” adhiriendo al sistema de reducción de honorarios de carácter promocional que se implementara mediante Convenio de fecha 12 de Abril de 1986 por entre el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Colegio de Escribanos y al cual adhiere esta Comuna a través del Decreto Nro. 173/92.

ART.4.-COMUNIQUESE, ETC....

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 16 DE NOVIEMBRE DE 1998.

JOSÉ INGOLD,PRESIDENTE-GUILLERMO MARTÍNEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

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